Todo lo que hay que saber para ejercer el voto asistido en las presidenciales

Por CNN Chile

13.12.2021 / 18:54

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Personas de la tercera edad, con movilidad reducida o en situación de discapacidad pueden ejercer su derecho al voto asistido en cualquier elección popular llevada por el Servicio Electoral. Para saber cómo realizar este tipo de voto, tanto Servel como el Instituto Milenio Micare han desplegado en texto, audio y video toda la información necesaria.


Desde 2007, la ley 20.183 permite el voto asistido a quienes lo necesiten, dando amplias posibilidades de acompañamiento y asistencia al momento de votar. A pocos días de las elecciones presidenciales del 19 de diciembre, se ha hace especialmente importante conocer todos los detalles de la medida para ejercer el derecho a sufragio.

El Servicio Electoral (Servel) dispone en todas las elecciones de protocolos para que personas en situación de discapacidad, de la tercera edad y con movilidad reducida pueda votar, asimismo, el Instituto Milenio para la Investigación del Cuidado (Micare), ha lanzado un didáctico video que explica todas las posibilidades para el voto asistido.

“Las personas con alguna discapacidad que les impida o dificulte ejercer el derecho de sufragio, podrán ser acompañadas hasta la mesa por otra persona que sea mayor de edad, y estarán facultadas para optar por ser asistidas en el acto de votar”, señala Servel en su página web, agregando que “en caso de duda respecto de la naturaleza de la discapacidad del sufragante, el presidente consultará a los vocales para adoptar su decisión final“.

En caso que opten por ser asistidas, indica el órgano, “las personas con discapacidad comunicarán verbalmente, por lenguaje de señas o por escrito al presidente de la mesa, que una persona de su confianza, mayor de edad y sin distinción de sexo, ingresará con ella a la cámara secreta, no pudiendo aquél ni ninguna otra persona obstaculizar o dificultar el ejercicio del derecho a ser asistido“.

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Finalmente, consigna, “el secretario de la mesa dejará constancia en acta del hecho del sufragio asistido y de la identidad del sufragante y su asistente“. Cabe destacar que nadie puede obstaculizar el derecho a voto asistido.

Principales consideraciones

  • Para hacer uso del derecho a voto asistido, las personas deben informar a la presidenta o presidente de mesa.
  • Según recomienda el instituto de investigación, “el acompañante debe ser una persona de confianza de quien vota, puede ser un familiar, un amigo o un cuidador, mayor de 18 años“.
  • En cambio, si la persona llega sin acompañante, puede pedir asistencia al presidente de mesa.
  • Si la persona llega en camilla o silla de ruedas, puede votar fuera de la cámara, y se le debe asegurar el secreto del voto.
  • Quienes no puedan firmar el padrón, pueden estampar la huella del pulgar derecho o, en su defecto, cualquier otro dedo.
  • Las personas ciegas o con discapacidad visual pueden pedir al presidente de la mesa la plantilla de votación con ranuras o sistema Braille. Estas planillas se sobreponen al voto y permiten saber la ubicación de las opciones, los candidatos y/o los números asignados a cada uno. Junto a eso, estas personas pueden llevar a sus perros de asistencia, pudiendo acceder a propiedades tanto públicas como privadas.
  • Las personas sordas pueden solicitar el voto asistido mediante lengua de señas o por escrito.
  • Las personas con discapacidad intelectual también pueden pedir voto asistido si es que lo necesitan.
  • El carnet de identidad o el pasaporte son los únicos documentos válidos para votar. La credencial de discapacidad no sirve para este fin, ni tampoco se requiere para acreditar la discapacidad.
  • En el caso de que en su local de votación existan escaleras u otros obstáculos al desplazamiento, puede solicitar ayuda tanto del personal de las Fuerzas Armadas como de Defensa Civil.
  • Finalmente, las personas cuidadoras tendrán atención preferente para votar y podrán informar de esta situación a la presidenta o presidente de mesa.

Para cualquier duda en torno al voto asistido, Servel permite realizar consultas a través de su buzón de contacto o llamar al número de atención telefónica 600 6000 166, y desde el extranjero al +562 2915 3265, en horario de lunes a viernes de 8:30 a 20:30 horas.