agencia uno

El Gobierno anunció un subsidio compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos, beneficio que se otorgará a cada titular de Asignación Familiar o Subsidio Único Familiar (SUF) y se pagará conjuntamente entre mayo y diciembre del presente año.

Asimismo, indicaron que el primer pago incluirá un mes adicional por trabajador con carga.

Lee también: Canasta básica: ¿Quiénes pueden recibir el subsidio de asignación directa?

¿Cómo funciona la Asignación Familiar y el Subsidio Único Familiar?

La Asignación Familiar se entrega por cada carga familiar acreditada y la suma de dinero depende del sueldo del beneficiario, ya que está destinada a trabajadores formales.

Por ejemplo:

  • $14.366 por carga para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $366.987.
  • $8.815 por carga para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $366.987 y no exceda de $536.023.
  • $2.786 por carga para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $536.023 y no exceda de $836.014.
  • Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso mensual sea superior a $836.014, no tendrán derecho a estas las asignaciones.

Por otro lado, el Subsidio Único Familiar (SUF) se entrega a personas que no pueden acceder a la Asignación Familiar o Maternal porque no están afiliados a un sistema previsional (trabajadores informales). El monto es de $14.366 por carga familiar y las personas con discapacidad reciben $28.732.

Lee también: Bono Invierno 2022: Revisa si eres beneficiario y cuáles son los montos acá

¿Quiénes lo reciben?

Los beneficios lo reciben quienes estén dentro del 60% de mayor vulnerabilidad en el Registro Social de Hogares (RSH) y que no estén en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o invalidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
  • Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
Tags:

Deja tu comentario