Agencia UNO

Comienza el 2021 y todas las miradas están puestas en el primer beneficio estatal del año: el Aporte Familiar Permanente, más conocido como Bono Marzo.

Se trata de un aporte para las familias de menores ingresos que se paga cada año a las personas que cumplen con los requisitos estipulados en la ley.

El 2020 el monto del beneficio fue de $47.765 por carga o familia, por lo que se espera que este año aumente la suma.

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¿Cuáles son los requisitos?

Para tener el Bono Marzo no es necesario que los usuarios postulen, ya que quienes cumplan con los requisitos deberán recibirlo de manera automática.

Dentro de los beneficiarios, existen tres grupos:

  • Grupo 1: Quienes reciben Subsidio Familiar, Chile Solidario o el Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar).
  • Grupo 2: Familias pertenecientes al Subsidio Familiar, Chile Solidario o el Subsistema de Seguridades y Oportunidades, además de pensionados del IPS con cargas familiares.
  • Grupo 3: Trabajadores y trabajadoras, y también a los pensionados de entidades distintas al IPS, que cobran Asignación Familiar o Maternal por sus cargas familiares.

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¿Cómo consultar si accedo al Bono Marzo?

A partir del 15 de febrero podrás conocer si eres beneficiario. Para ello solo debes ingresar tu RUT y fecha de nacimiento en la página web del beneficio.

A partir de ese mismo día, y hasta el 28 de febrero, recibirán el dinero quienes pertenecen al Grupo 1. Durante la primera quincena del mes de marzo reciben el monto quienes son parte del Grupo 2. Mientras, el depósito para el Grupo 3 comienza durante la segunda quincena de marzo.

Los pagos del Bono son administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS), por lo que, quienes cuenten con este y otros beneficios (Subsidio familiar y otros), podrán recibir el monto junto a su pago habitual.

En el caso de las personas que tiene CuentaRUT de BancoEstado, se les realizará un depósito a su cuenta, por lo que no se debe realizar ningún trámite.

Cabe destacar que el plazo para cobrar el Aporte es de nueve meses desde que se emitió el documento de pago.

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