AGENCIA UNO

Esta jornada, la directiva de la UDI junto a las ex convencionales Constanza Hube y Carol Bown, lanzaron una página web para recibir y denunciar desinformación e intervencionismo electoral en el marco del plebiscito de salida del próximo 4 de septiembre.

En un punto de prensa, dieron a conocer el sitio www.plebiscitosintrampa.cl, donde cualquier persona podrá registrar su denuncia, para que luego pueda ser enviada con todos los antecedentes ante la Contraloría.

En el contexto de la presentación de la plataforma, el presidente de la UDI, Javier Macaya, acusó al Gobierno de intervencionismo y de entregar información parcial, incluyendo la campaña informativa.

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“El Gobierno, en su desesperación, ha incurrido en una serie de intervenciones y de noticias falsas con recursos de todos los chilenos”, señaló sin enunciar ejemplos pero agregando que “este fin de semana fuimos testigos de una publicidad en la televisión, pagada por el propio Gobierno, donde se establece una cosa es cierta, que Chile va a mantener su bandera, su himno nacional, pero también dice una cuestión que es falsa: que Chile va a seguir siendo un territorio único e indivisible”.

Sobre lo mismo, sostuvo que “basta ver la propuesta de la Convención, las normas de plurinacionalidad, para entender que nuestro país va a consagrar autonomía territorial y autogobierno a los pueblos originarios”. En esa línea, la ex convencional Hube acusó que “el nivel de intervencionismo llega a ser descarado”.

Asimismo, cuestionó “que el Gobierno está más interesado en hacer su propia franja por el Apruebo que en estar informando lo verdaderamente importante”.

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“Le queremos insistir al Gobierno que informe de lo que realmente importa y que se dedique a gobernar de verdad para solucionar los problemas reales de las personas, y no solamente a hacer campaña política”, zanjó.

Cabe señalar que en la propuesta de nueva Constitución, en el artículo 3 se establece que, “Chile, en su diversidad geográfica, natural, histórica y cultural, forma un territorio único e indivisible”.

Sobre las autonomías territoriales indígenas, se señala en el artículo 234 que: “La autonomía territorial indígena es la entidad territorial dotada de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, donde los pueblos y naciones indígenas ejercen derechos de autonomía en coordinación con las demás entidades territoriales. Es deber del Estado reconocer, promover y garantizar las autonomías territoriales indígenas para el cumplimiento de sus fines”. Asimismo, se expresa en el inciso 2 que, “la ley, mediante un proceso de participación y consulta previa, creará un procedimiento oportuno, eficiente y transparente para la constitución de las autonomías territoriales indígenas. Dicho procedimiento deberá iniciarse a requerimiento de los pueblos y naciones indígenas interesados, a través de sus autoridades representativas”.

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