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La propuesta de nueva Constitución entregada por Convención Constitucional deberá ser aprobada o rechazada por las y los ciudadanos el próximo 4 de septiembre en el plebiscito de salida obligatorio. Y, por lo mismo, conocer su contenido es fundamental para votar de manera informada.

Una de las temáticas a la que apunta el texto redactado por la CC es el rol de Bomberos de Chile, institución que actualmente está integrada por voluntarios.

El Capítulo V: Buen Gobierno y Función Pública, señala que de aprobarse el texto propuesto por el órgano redactor, la institución de Bomberos debiese ser financiada por el Estado.

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En definitiva, el artículo 181 propone lo siguiente:

  1. Los cuerpos de bomberos de Chile conforman una institución perteneciente al sistema de protección civil, cuyo objeto es atender las emergencias causadas por la naturaleza o el ser humano, sin perjuicio de la competencia específica que tengan otros organismos públicos y/o privados.
  2.  El Estado deberá dar cobertura financiera para cubrir la totalidad de sus gastos operacionales, capacitación y equipos, como también otorgar cobertura médica a su personal por accidentes o enfermedades contraídas por actos de servicio.
  3. Los cuerpos de bomberos de Chile se sujetarán en todas sus actuaciones a los principios de probidad, transparencia y rendición de cuentas.

Lee aquí el capítulo V y la propuesta completa de nueva Constitución:

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