Agencia Uno

La Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional (CC) terminó de votar este martes a las 5:00 am su informe de reemplazo. Durante la jornada se modificaron artículos relacionados con temas de agua y energía, entre otros.

La instancia aprobó sustituir el artículo 2, que indica que el “Estado velará por un uso razonable de las aguas. Las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, de carácter incomerciable, concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas, y obligarán al titular al uso que justifica su otorgamiento”.

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Además, la comisión aceptó modificar el artículo 3, el cual señala que “el Estado asegurará un sistema de gobernanza de las aguas participativo y descentralizado, a través del manejo integrado de cuencas, y siendo la cuenca hidrográfica la unidad mínima de gestión”.

Entre otras cosas, esta norma también establece que “los Consejos de Cuenca serán los responsables de la administración de las aguas, sin perjuicio de la supervigilancia y demás atribuciones de la Agencia Nacional de las Aguas y otras instituciones competentes. La ley regulará las atribuciones, funcionamiento y composición de los Consejos (…)”.

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Asimismo, la instancia aprobó que “la Constitución reconoce a los pueblos y naciones indígenas el uso tradicional de las aguas situadas en autonomías territoriales indígenas o territorios indígenas. Es deber del Estado garantizar su protección, integridad y abastecimiento, en conformidad a la Constitución y la ley”.

Por otra parte, también se visó que “el Estado desarrollará de manera exclusiva la actividad minera sobre los hidrocarburos en estado líquido o gaseoso, litio y tierras raras. En el caso del cobre, el Estado explorará y explotará por sí mismo, y podrá hacerlo en asociación con particulares, siempre resguardando la participación mayoritaria del Estado”.

Respecto al estatuto constitucional de la energía, los convencionales rechazaron todos los artículos, excepto el que establece que “toda persona tiene derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura. Es deber del Estado garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a la energía que permita a las personas satisfacer sus necesidades, velando por la continuidad de los servicios energéticos”.

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El Estado deberá planificar y fomentar una matriz energética distribuida, descentralizada y diversificada, basada en energías renovables y de bajo impacto ambiental. La infraestructura energética es de interés público. El Estado fomentará y protegerá las empresas cooperativas de energía y el autoconsumo”, añade el artículo.

En cuanto al estatuto constitucional de criósfera y glaciares, la comisión aprobó que “el Estado preservará la criósfera, glaciares, permafrost y sus áreas conexas. Sólo se podrán realizar actividades científicas, deportivas, turísticas y usos ancestrales, las que deberán ser de bajo impacto y en ningún caso deben afectar el equilibrio dinámico de la criósfera y sus crioformas”.

De acuerdo con el cronograma de la Convención Constitucional, las modificaciones realizadas al informe de la Comisión de Medio Ambiente serán revisadas por el pleno este sábado.

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