Experto explica: ¿Es legal que un tercero pida mi Clave Única para emitir certificados?

Por CNN Chile

25.07.2025 / 10:36

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El doctor en Ciencias de la Computación y académico de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Aplicadas de la Universidad de los Andes, Claudio Álvarez, explicó que hay un "vacío legal" que "permite a la empresa actuar de esta manera, si bien está infringiendo actos normativos, administrativos y que no reciben una sanción penal".


Recientemente, se dio a conocer que la empresa Cualiffy ha ofrecido como servicio la emisión de un certificado laboral donde se agrupan antecedentes personales provenientes desde distintas instituciones públicas, el cual puede ser obtenido a través de la Clave Única.

En detalle, Cualiffy tiene acceso a dichos datos personales mediante la Clave Única, la que le solicitan a los usuarios para posteriormente sacar los certificados desde sitios como el Servicio de Impuestos Internos o el Registro Civil.

Desde el Gobierno condenaron la situación. Fue el propio ministro de Hacienda, Mario Marcel, quien afirmó que “la Clave Única es reservada, nadie se la pude pedir. Ni tampoco es conveniente que voluntariamente la entreguen, por los riesgos que eso significa”.

Y advirtió que solicitar la clave “no tiene autorización legal”, y que es un “atentado contra la privacidad de las personas que tiene una sanción penal”.

En esa línea, el doctor en Ciencias de la Computación y académico de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Aplicadas de la Universidad de los Andes, Claudio Álvarez, explicó que la naturaleza reglamentaria de la Clave no es legal, sino que “es a través de actos administrativos y términos de uso que dan los distintos servicios”.

Es decir, “si uno transfiere su Clave Única a otra persona, eso no es un delito, no es un acto punible y tampoco sería un acto punible darle la clave a una persona jurídica, a una empresa, para que haga tareas que normalmente nosotros haríamos”.

El experto señaló que “el vacío legal permite a la empresa actuar de esta manera, si bien está infringiendo actos normativos, administrativos y que no reciben una sanción penal, a menos que se pueda comprobar que hay un dolo, que hay una forma fraudulenta de uso de los datos y que no hay un consentimiento por parte de la persona que entrega su clave”.

Al entregar la clave, no habría ningún tipo de persecución penal a cambio de eso y que una empresa pueda usar también dicha identidad digital, sostuvo el también profesor de Programación y Tecnologías Web.

Sin embargo, remarcó que podrían existir “riesgos muy grandes de seguridad si es que la empresa no administra bien la seguridad de todas esas claves que recolecta”.

“Es un potencial riesgo de seguridad y, por lo tanto, esta acción de poder entregarle la Clave Única a una empresa es naturalmente algo que tiene que ser debidamente regulado y legislado, y la clave siendo un instrumento personalísimo tendría que ser, entonces, resguardado por la legislación con penas para quien usa la clave de la manera como se está haciendo actualmente”, dijo.