Eventual segunda vuelta presidencial: Revisa cuándo sería y si es obligatorio ir a votar

Por CNN Chile

10.11.2025 / 09:18

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El próximo domingo, si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos, habrá una segunda vuelta. Revisa los detalles.


Quedan pocos días para que la ciudadanía deba concurrir a las urnas para elegir a sus nuevas autoridades.

En la elección de este 16 de noviembre se definirá al futuro presidente o presidenta de la República, además de la conformación de la Cámara de Diputadas y Diputados y la mitad del Senado.

En el caso de la elección presidencial, si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos, habrá una segunda vuelta, y esta se efectuaría con los dos candidatos que obtuvieron la mayor votación.

¿Cuándo sería la eventual segunda vuelta presidencial?

  • La segunda vuelta presidencial, según la fecha establecida por el Servel, sería el próximo domingo 14 de diciembre.

¿Habría voto obligatorio en la segunda vuelta presidenciales?

  • Como la segunda vuelta presidencial forma parte del proceso electoral general presidencial, se aplica la obligatoriedad del sufragio para chilenos y chilenas que hayan cumplido la mayoría de edad y no hayan sido condenados a pena aflictiva.
  • Para estas elecciones, incluida una eventual segunda votación, qquienes no concurran a votar serán sancionados con una multa de entre 0,5 y 1,5 UTM. En el caso de los extranjeros y chilenos en el exterior habilitados para votar no quedarán afectos a la multa.

¿Quiénes pueden excusarse de votar?

  • Quienes se encontraban fuera del país el 16 de noviembre.
  • Los certificados o licencias médicas por causa de alguna enfermedad.
  • Quienes se encontraban a más de 200 km de tu local de votación (en este caso, el día de la elección debes dejar una constancia en Carabineros, y guardar el comprobante).
  • Quienes desempeñaban funciones encomendadas por la ley electoral el día de las elecciones.
  • Quienes cuenten con calificación o certificación de discapacidad.
  • Quienes se encontraban afecto a cualquier otro impedimento grave que será debidamente ponderado por el juez.