Acreencias bancarias: ¿Cómo revisar si tienes dinero olvidado y qué pasa si no lo cobras?
Revisa si existen montos de dinero que no has cobrado y que permanecen registrados a tu nombre en el sistema financiero.
El feriado irrenunciable obliga al cierre del comercio, con excepciones definidas por ley para algunos rubros. Conoce los detalles aquí.
El miércoles 1 de enero es una jornada de descanso por la festividad de Año Nuevo. Si bien muchas personas optan por el reposo tras la celebración, otras eligen realizar actividades recreativas o efectuar compras de último minuto.
El 1 de enero es un feriado irrenunciable en Chile, por ello, gran parte del comercio como supermercados, centros comerciales y grandes tiendas permanecerá cerrado, debido al descanso obligatorio que rige para las y los trabajadores del país.
Según lo establecido en la Ley 19.973, deberán suspender su funcionamiento los supermercados, grandes tiendas y los locales de conveniencia adosados a servicentros que comercialicen exclusivamente productos envasados.
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La normativa contempla excepciones. Durante este feriado podrán operar restaurantes, clubes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos, farmacias de turno o de urgencia, expendios de combustibles y negocios de barrio atendidos por sus propios dueños o por familiares directos.
Para los trabajadores de estos rubros rige el descanso bianual, que garantiza el derecho a no trabajar en estas fechas al menos una vez cada dos años, siempre que se mantenga la relación laboral con el mismo empleador.
El incumplimiento de la normativa contempla multas que van desde 5 UTM ($347.710) hasta 20 UTM ($1.390.489), según el tamaño de la empresa y por cada trabajador afectado. A ello se suma la suspensión inmediata del turno y el cierre del local infractor.
Revisa si existen montos de dinero que no has cobrado y que permanecen registrados a tu nombre en el sistema financiero.