Las madres de 65 años o más pueden solicitar el Bono por Hijo, beneficio estatal que incrementa el monto de su pensión por cada hija o hijo nacido vivo o adoptado.
El aporte no se entrega al momento del nacimiento ni corresponde a un monto fijo para todas las beneficiarias. Su valor se calcula según el ingreso mínimo vigente en una fecha determinada y comienza a generar rentabilidad desde el nacimiento del hijo o hija.
En los casos de adopción, el beneficio se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.
¿Quiénes pueden recibir el Bono por Hijo?
Además de tener al menos 65 años, la solicitante debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Estar afiliada a una AFP y haber obtenido su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Ser beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
- No estar afiliada a un régimen previsional, pero recibir una PGU junto con una Pensión de Sobrevivencia otorgada desde el 1 de julio de 2009 por una AFP, una compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social.
No tienen derecho al beneficio las mujeres que reciben una pensión de una antigua caja de previsión, Capredena o Dipreca.
La solicitante debe acreditar que residió en Chile durante al menos 20 años, continuos o discontinuos, contados desde que cumplió los 20 años.
También debe haber vivido en el país durante un mínimo de cuatro años dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud.
En el caso de las mujeres exiliadas registradas en la Oficina de Retorno y en una oficina diplomática, el periodo vivido en el extranjero puede ser considerado como residencia en Chile.
¿Cómo se calcula el monto?
La bonificación equivale al 10% de 18 Ingresos Mínimos Mensuales y se calcula de forma separada por cada hijo o hija.
- Nacidos antes del 1 de julio de 2009: se utiliza el ingreso mínimo vigente en julio de ese año, correspondiente a $165.000.
- Nacidos desde el 1 de julio de 2009: se considera el ingreso mínimo vigente durante el mes de su nacimiento.
Al valor resultante se suma la rentabilidad generada desde la fecha de nacimiento hasta el momento en que la madre cumple los requisitos para acceder al beneficio.
¿Cómo solicitar el Bono por Hijo?
La solicitud puede realizarse en línea con ClaveÚnica, mediante videoatención o de manera presencial en una sucursal de ChileAtiende.
El trámite también está disponible en las oficinas de la AFP correspondiente, el municipio de la solicitante o su compañía de seguros.
Antes de iniciar el proceso, las interesadas pueden consultar con su RUN y fecha de nacimiento si cumplen las condiciones. Una vez concedido, el beneficio es irrevocable, por lo que no es posible renunciar posteriormente.
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