Es una de las pocas constituciones en el mundo donde los detalles de las Fuerzas Armadas y las policías están incluidas, específicamente para limitar la posibilidad de hacer cambios y transformaciones.
A lo largo de toda la Constitución se requiere separar todos los temas que tienen que ver con Fuerzas Armadas de los temas policiales, específicamente en el Artículo 101, por ejemplo.
Adicionalmente, la Ley Orgánica Constitucional de Carabineros, que está incluida en el Artículo 105, debería de salir de la Constitución.
También me parece que en el Artículo 106 y 107, donde se define el Consejo Nacional de Seguridad (Cosena), deberían de salir de la Constitución y deberíamos de buscar mecanismos muchos más modernos.
Lucía Dammert es socióloga, doctora en Ciencia Política en la Universidad de Leiden, Holanda y académica de la Universidad de Santiago (Usach). Experta en seguridad pública, también ha trabajado en instituciones académicas en Estados Unidos, Argentina y para distintos programas de Naciones Unidas (ONU), del Banco Interamericano del Desarrollo (BID) y del Banco Mundial.
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