Yasna Provoste (DC) sobre la discusión de Sala Cuna Universal que sigue en la Cámara: “El Ejecutivo debe proponer un financiamiento nuevo y sostenible”

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La senadora de la Democracia Cristiana (DC), Yasna Provoste, se refirió a la votación del proyecto de Sala Cuna Universal.

La iniciativa fue despachada por el Senado y pasó a segundo trámite legislativo, por lo que deberá ser revisada en la Cámara de Diputadas y Diputados.

La integrante de la Comisión de Educación manifestó en un punto de prensa: “Se rechazó el artículo 4, que creaba la cotización de 0,35%; el artículo 20, que pretendía compensarla reduciendo los recursos que hoy van a las cuentas individuales y al Fondo de Cesantía Solidario; y, en consecuencia, el artículo tercero transitorio, que establecía cuándo comenzaba a cobrarse esa cotización”.

En esa línea, la legisladora sostuvo que “la oposición tiene una posición clara, queremos que exista sala cuna, pero no a costa del Seguro de Cesantía de los trabajadores. No corresponde crear un nuevo derecho social debilitando otro. El diseño original vinculaba expresamente la cotización de 0,35% con una rebaja de 0,20 puntos en las cuentas individuales y de 0,15 puntos en el Fondo de Cesantía Solidario.

“Ahora el proyecto sigue adelante, pero el Ejecutivo tiene una responsabilidad ineludible y debe proponer un financiamiento nuevo, suficiente y sostenible. El Senado no rechazó financiar la sala cuna; rechazó financiarla sacando recursos del Seguro de Cesantía. Queremos una política robusta de primera infancia y, al mismo tiempo, un Seguro de Cesantía fuerte para proteger a las personas cuando pierden su trabajo. Chile puede y debe hacer ambas cosas”, remarcó Provoste.

“No es cierto que se va a financiar establecimientos educativos que no tienen ningún tipo de supervisión”

En la sesión, la legisladora de oposición, Yasna Provoste, expresó sus reparos sobre la habilitación de salas cuna “sin reconocimiento oficial”, ante lo cual el senador Rodolfo Carter solicitó que la ministra de Educación, María Paz Arzola, se pronunciara sobre este tema.

“El proyecto de ley incluye tanto a instituciones que tienen autorización de funcionamiento como reconocimiento oficial, que son dos certificaciones que existen en paralelo y que, de hecho, no está la posibilidad hoy de que una sala cuna que tiene autorización de funcionamiento pase automáticamente o a través de un proceso fluido a tener reconocimiento oficial. ¿Por qué incluir ambos tipos de certificaciones? Porque necesitamos suficientes salas cuna como para absorber la demanda que se originará con este proyecto”, aclaró.

La titular de Educación puntualizó que ambos tipos de establecimientos deben ser fiscalizados por la Superintendencia de Educación. Por tanto, sostuvo: “No es cierto que se va a financiar a establecimientos educativos que no tienen ningún tipo de supervisión”. Asimismo, describió que se incluirá a los establecimientos que se encuentran en un proceso de adecuación y tienen un plazo para adaptarse.

 

¿Qué se aprobó en el Senado?

  • Derecho a sala cuna:Los niños  menores de dos años, hijos de personas trabajadoras, o respecto de quienes estas ejerzan el cuidado personal, tendrán derecho a acceder a salas cuna durante la jornada laboral de la persona trabajadora, para recibir alimentación, cuidado, protección y atención para su desarrollo integral. Al respecto, el Ejecutivo hizo reserva de constitucionalidad, pues estima que el titular del derecho es el trabajador.
  • Acceso para alimentación y cuidado: Las personas trabajadoras podrán acceder a salas cuna para alimentar a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén trabajando. Esto también aplicará a quienes tengan, por resolución judicial, el cuidado personal de un niño o niña menor de dos años.
  • Diferencias en el costo: El empleador no estará obligado a financiar las diferencias entre el monto del aporte establecido en la ley y la matrícula o mensualidad cobrada por el establecimiento. Estas diferencias serán de cargo de la persona trabajadora o de quien haga uso de la sala cuna, salvo acuerdo expreso entre las partes.
  • Fondo de Sala Cuna: El fondo financiará el aporte destinado a las salas cuna, los estudios para determinar dicho aporte, la creación y administración de un Sistema Público de Registro de Salas Cuna adscritas al Fondo, además de los costos de administración e inversión en que incurra el Servicio de Tesorerías y aquellos derivados del ejercicio de sus funciones.
  • Aporte de sala cuna: El monto podrá ser determinado por región y, en casos fundados, a nivel provincial. Corresponderá a una cantidad de dinero reajustable conforme a la variación de la Unidad Tributaria Mensual (UTM), destinada al financiamiento de salas cuna adscritas al Sistema Público de Registro que no reciben aportes regulares del Estado.

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