Tras decreto del Ministerio de Salud: ¿Quiénes deberán usar mascarilla obligatoriamente en salas de urgencias?
Por Valentina Sánchez Cárdenas
03.04.2025 / 11:48
La medida busca prevenir el aumento de virus respiratorios durante la temporada de otoño-invierno.
El Ministerio de Salud (Minsal) publicó en el Diario Oficial la resolución que dispone el uso obligatorio de mascarilla en salas de urgencias de los distintos recintos médicos y hospitalarios de Chile.
La situación se debe al aumento de los virus respiratorios por la llegada de la temporada de otoño-invierno, razón por la cual el Ministerio decretó Alerta Sanitaria hace poco más de una semana. La medida permitirá a las autoridades pertinentes tomar acciones coordinadas preventivas a través de las instituciones de salud antes de que comience la temporada invernal,
Cabe recalcar que la mascarilla deberá ser utilizada a partir del 15 de abril y hasta el 31 de agosto, “o hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión”.
La implementación de la mascarilla busca impedir un incremento de virus como influenza, rinovirus, COVID-19 y Virus Respiratorio Sincicial (VRS).
¿Quiénes tendrán la obligación de usar mascarilla?
En la resolución, se indicó que tendrán la obligación de utilizar mascarillas los equipos de salud, “incluidos los profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica; paciente y cualesquiera otras personas que se encuentren en los servicios de urgencia de todos los niveles de atención de la Red Asistencial, tanto públicos como privados”.
Cabe recalcar que las mascarillas que se deben usar corresponden a aquellas “médicas, quirúrgicas, de procedimiento y de tres pliegues y los respiradores de alta eficiencia tipo N95, KN95 y equivalentes”.
En caso de incumplir la medida impuesta por la autoridad sanitaria, se podrá fiscalizar y sancionar según corresponda.