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El Tribunal Constitucional (TC) dio a conocer este jueves los argumentos por los que no acogió el requerimiento presentado por el presidente Sebastián Piñera para frenar el tercer retiro del 10% de los fondos previsionales.

Tras el fallo del TC por siete votos contra tres, el Gobierno promulgó la ley esta semana y a partir del lunes todas las AFP deberán habilitar los procesos de solicitudes.

La sentencia, contenida en 51 páginas, señala que la decisión de rechazar el requerimiento del Ejecutivo no significa que se estén excusando de conocer el conflicto, “sino que simplemente está constatando que el conflicto no se encuentra asentado jurídicamente de manera definitiva“.

Además, los jueces indican que el recurso del Gobierno no contenía una exposición clara de los hechos, así como tampoco expresaba “en forma precisa la parte impugnada del proyecto”.

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También apuntan a que “se intenta revestir del carácter de conflicto de constitucionalidad sola la falta de entendimiento, coordinación, diálogo y colaboración entre los colegisladores. Esto es un conflicto político que se trae al Tribunal Constitucional para resolverlo con votos y no con la necesaria deliberación democrática entre los poderes ejecutivo y legislativo, queda de manifiesto cuando el Ejecutivo interpone un requerimiento de inconstitucionalidad frente a la iniciativa del Legislativo, mientras en paralelo, es aquel mismo poder del Estado el que presenta una iniciativa legal destinada al mismo objetivo.

“Es frente a ello que cabe preguntarse si resulta inexcusable, pertinente y hasta competente la intervención de esta magistratura, órgano jurisdiccional, ante un conflicto de tipo político que puede ser resuelto por los propios colegisladores mediante la tramitación de otros proyectos, el veto y la calificación de urgencias”, agrega el documento.

Por otra parte, acusan “la improcedencia de la promulgación y publicación” de la ley del tercer retiro por parte del presidente Piñera “antes de la expedición y comunicación” de la resolución. La crítica provino de los siete ministros que estuvieron en contra de admitir el requerimiento del Ejecutivo. Según los magistrados, el Gobierno debió haber esperado, ya que la ley señala que antes de la promulgación, el TC debe informar su definición sobre el proyecto al presidente de la República. 

Revisa el fallo completo a continuación:

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