Esta jornada, la Sala del Senado aprobó la rebaja del quorum requerido para las leyes orgánicas constitucionales y de quorum calificado. Esto, tras la disminución del quorum de reformas constitucionales de 2/3 a 4/7.
Actualmente, en la Constitución vigente se establece que “las normas legales a las cuales la Constitución confiere el carácter de ley orgánica constitucional requerirán, para su aprobación, modificación o derogación, de las cuatro séptimas partes de los diputados y senadores en ejercicio”.
De esta manera, la modificación que propone el Congreso es que en vez de “las cuatro séptimas partes” se sustituya con “la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio“.
Esto se aprobó con 23 votos a favor, 14 en contra de la UDI y RN más una abstención del senador Rojo Edwards (Republicano). Cabe destacar que para hacer efectivo este cambio en la Constitución, aún es necesario que la Cámara de Diputadas y Diputados ratifique esta propuesta.
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