El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió una demanda por despido indebido y cobro de prestaciones de una vendedora de Ripley, que fue desvinculada de la empresa en marzo de 2025.
Según lo informado por el Poder Judicial, el tribunal acogió la acción luego de considerar que no se justificó la supuesta ausencia de la trabajadora.
En la sentencia, se indicó que “se tiene por acreditado que efectivamente, la actora se ausentó en los días 1 y 2 de marzo del 2025 y que se encontraba amparada por una circunstancia o causal que justificaba sus inasistencias al lugar de trabajo en dicho periodo, puesto que de esa forma lo refrenda la prueba aportada tanto por la parte demandante, incluso por la parte demandada”.
“Rendido la prueba entonces los hechos que se han tenido por acreditados y de la prueba rendida en el proceso, a juicio de este sentenciador, se encuentra establecido que la trabajadora no concluye a sus labores los días señalados por la demandada, y de ello no es posible establecer que de los antecedentes aportados, esto es que estas dos inasistencias hayan respondido a una mera voluntad, ajena a cualquier otra situación,todo es que la trabajadora se encontraba efectivamente con un reposo médico prescrito los días 1 y 2 de marzo, por la facultativa que señala en él documento, certificado incorporado al proceso y no objetado por la parte demandante, razón por la cual se calificará el despido como indebido“, añade el fallo.
Por toda la situación, se ordenó al pago de una indemnización sustitutiva de aviso previo, por $335.449; el pago de una indemnización por años de servicio, de $2.348.143; un recargo legal del 80%, por $1.878.514; y las costas del juicio, las que ascienden a $$300.000.
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