En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de protección, descartando actuaciones arbitrarias contra la exsubsecretaria de Salud.
Lidia Amarales, exsubsecretaria de Salud en el gobierno de Michelle Bachelet, presentó un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Punta Arenas contra el rector de la Universidad de Magallanes (UMAG), José Maripani.
Según la académica, su despido habría sido un “acto arbitrario” e “ilegal”. Sin embargo, en un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de protección, descartando la existencia de actuaciones arbitrarias.
La sala del tribunal de alzada estuvo integrada por los ministros Marcos Kusanovic Antinopai, Caroline Turner González y la fiscal judicial Paula Stange Kahler.
El fallo consignó el decreto TRA N°339/4/2024, emitido por la casa de estudios el 16 de abril de 2024, que oficializó el nombramiento de Amarales como subdirectora Asistencial Docente, con un grado 2° de la Escala del Servicio, en la planta directiva, con una jornada de 33 horas semanales, a partir del 1 de noviembre de 2022.
Dicho nombramiento fue solicitado mediante un memorándum del rector de la universidad el 19 de diciembre de 2022 y luego sometido a un examen de legalidad por la Contraloría General de la República (CGR), que otorgó la toma de razón el 25 de abril de 2024.
Asimismo, el tribunal consignó que, según el artículo 49 de la Ley N°18.575, los funcionarios de exclusiva confianza están sujetos a la libre designación y remoción por parte de la autoridad competente, siempre que se ejerza dentro de los márgenes legales y sin arbitrariedad, como lo establece la Corte Suprema.
Los antecedentes del caso
Según La Prensa Austral, a través de una carta se le solicitó a la exfuncionaria su renuncia voluntaria al cargo, bajo el apercibimiento de declarar vacante el puesto si no lo hacía dentro del plazo de 48 horas.
Desde su punto de vista, Amarales señaló que “el acto es ilegal, pues constituye una represalia por las denuncias que he efectuado en contra de la Universidad, represalia que afecta mi derecho de propiedad en relación con mi condición jurídica de indemnidad, el debido proceso al disponerse una petición de renuncia en represalia y sin estar facultado legalmente para hacerlo la recurrida, y el principio de igualdad ante la ley al afectar a una persona que no debe ser sujeto de estas acciones, como cualquiera otra en dicha condición”.
Por su parte, la UMAG respondió que “esta decisión responde a un proceso de ajustes en su equipo directivo, enmarcado dentro de las medidas necesarias para garantizar la sostenibilidad y proyección institucional”.
Respecto a lo expuesto por la doctora, quien fue desvinculada mientras se encontraba con licencia médica, el fallo determinó que no constituye un acto arbitrario o ilegal, ya que la CGR ha reconocido que la solicitud de renuncia voluntaria es una facultad discrecional de la autoridad, sin que exista norma que impida ejercerla durante el uso de una licencia médica.