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La Comisión de Constitución despachó el proyecto de ley que establece un nuevo reglamento para el control del consumo de drogas al interior de la Cámara de Diputadas y Diputados. De esta forma, el texto será analizado por la sala de la Cámara este miércoles 29 de junio.

En definitiva, el reglamento regula la prevención del consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas y, además, establece la realización periódica de controles a las diputadas y diputados en ejercicio.

El objetivo de la iniciativa es elevar los estándares de transparencia en la labor parlamentaria y evitar la comisión de delitos de narcotráficos, además de prescindir de cualquier relación entre la Cámara y las redes de narcotráfico que existen en el país.

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El texto señala que la Cámara establecerá una política general de prevención y rehabilitación, la cual incluye definir un plan de actividades de prevención para todas las personas que trabajan en la corporación.

¿Cómo se realizarían los test de drogas?

Según el proyecto, los controles serían a través de exámenes aleatorios semestrales mediante un procedimiento que siempre resguardará la dignidad de los parlamentarios, la imparcialidad, el control y la confiabilidad de los resultados.

La medida busca que durante el período legislativo, el procedimiento se efectúe al menos dos veces: el primer control deberá efectuarse antes del 30 de junio y el segundo antes del 31 de diciembre.

Si la persona sorteada se niega injustificadamente a hacerse el control, será sancionado por la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara.

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¿Qué pasa si alguien da positivo?

Las diputadas y los diputados que den positivo tendrán que someterse a un nuevo examen de control. Si vuelve a salir positivo, deberá inhabilitarse de todas las votaciones relacionadas con la prevención y control de consumo de drogas.

Esto, relativo a estupefacientes o sustancias psicotrópicas productoras de dependencia física o psíquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud, sin la debida autorización. En dichos casos, se requerirá autorización escrita del paciente para hacer públicos los resultados.

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