Agencia UNO

Una serie de reacciones provocó la rigidización de las medidas sanitarias impuestas por el gobierno para la contención de la pandemia en el país. Dentro de estos protocolos que entraron en vigencia el lunes, se acotó la compra a bienes esenciales, los cuales fueron detallados por las autoridades en un nuevo instructivo.

Mediante un documento que aborda los permisos de desplazamiento, el Ministerio de Salud enumeró aquellos objetos que sí califican como esenciales, y que según ejemplificaron, contempla la ropa para guaguas y embarazadas.

Bienes esenciales

Respecto del último punto, en el protocolo apuntaron a “artículos necesarios para la maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebe e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.”.

A ellos se suman también productos de limpieza e higiene personal, y se mantiene la adquisición de todo tipo de alimentos y bebestibles. Contempla accesorios domésticos como ropa de cama y menaje, así como electrodomésticos necesarios para el teletrabajo o educación a distancia.

Otros de los bienes que se indicaron en el instructivo apuntan a “pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas, carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc”.

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Vacunación

Sumado a esto, se esclareció que las personas que acudan a centros de vacunación para recibir la dosis contra la influenza, no necesitan un permiso de desplazamiento. Misma situación en el caso de la inoculación contra el COVID-19.

Delivery

Por otro lado, en el documento se señaló que “los emprendedores cuya labor se realice en su propio hogar, podrán despachar sus productos, utilizando los servicios de las empresas de correos comprendidas en el numeral 2 letra l del Título V de este Instructivo”.

“En comunas en Paso 1 (Cuarentena) o en Paso 2 (Transición), los días sábado, domingo o festivos, solo podrán ser despachados bienes esenciales, comprendidos en la definición contenida en el numeral 12 del Título I de este Instructivo”, añade.

Sin embargo, se mantiene la normativa que contempla que solo “se podrán despachar bienes no comprendidos en esta definición (esenciales), en comunas en estos Pasos (1 y 2), siempre que la compraventa haya sido realizada antes de las 05.00 horas del lunes 5 de abril de 2021, lo que se certificará con la copia de la boleta de compra respectiva”.

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Campaña electoral

En cuanto a los permisos para la campaña de candidatos y candidatas a las elecciones de mayo, se señala que “en caso de que el período de campaña política sea suspendido, en virtud del aplazamiento de la fecha de realización de las elecciones a concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales, se suspenderá la aplicación de este numeral por el mismo tiempo que dure dicha suspensión”.

Es decir, ya que las campañas se suspenderán una vez publicada la ley de la modificación de los comicios, este permiso volverá a estar vigente a partir del próximo 29 de abril.

Todos estos cambios y protocolos señalados anteriormente, entrarán en vigencia a partir de las 5:00 horas de este miércoles 7 de abril.

Puedes revisar el instructivo para permisos de desplazamiento a continuación:

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