La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una sentencia que condenó a la Municipalidad de Cerro Navia a pagar una indemnización de $15 millones por concepto de daño moral, a una transeúnte que sufrió una fractura de muñeca y mano izquierda, al caer debido a la falta de mantención de vereda.
Según lo informado por el Poder Judicial -en fallo unánime- la Undécima Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia que condenó al municipio por su responsabilidad en el accidente, por falta de servicio.
La Corte de Santiago determinó que “la jurisprudencia ha definido la falta de servicio como aquella situación en que el servicio público no funciona, debiendo hacerlo; funciona imperfecta o tardíamente, causando un daño a los usuarios o beneficiarios del respectivo servicio público”.
“En el caso de autos, se ha acreditado mediante las fotografías acompañadas por la parte demandante que en la vereda norte de la calle Sado N°7965 existía una base de concreto con puntas de fierro que constituía un evidente riesgo para los transeúntes, sin que existiera señalización alguna que advirtiera del peligro; y también se ha acreditado que dicha base de concreto fue retirada por la Municipalidad dos días después del accidente, lo que evidencia un reconocimiento tácito de su responsabilidad y de la peligrosidad de dicho elemento”, se añadió.
Finalmente, el tribunal de alzada estimó que “la Municipalidad, en su calidad de administradora de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna, tiene el deber de mantenerlos en buen estado para el uso y disfrute seguro por parte de la comunidad. La existencia de la base de concreto con puntas de fierro y la ausencia de señalización constituyen una omisión de sus deberes de cuidado y, por tanto, una falta de servicio que compromete su responsabilidad”.
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