Cines, casinos de juegos, restoranes, farmacias de turno y negocios atendidos por sus dueños escapan a la normativa actual vigente.
El Ministerio del Trabajo realizó una campaña informativa dirigida a los trabajadores acerca de los días de descanso irrenunciables durante el feriado largo de fiestas patrias. Este año el 18 cae día miércoles por lo que la autoridad hizo saber a empleados de distintos rubros afectos a la medida que su jornada laboral no puede extenderse más allá de las 21 horas del día martes 17, así como tampoco puede comenzar antes de las seis de la mañana del viernes 20.
Supermercados, comercio, oficinas gubernamentales, entre otros, deben cerrar sus puertas los días festivos y en caso de no hacerlo arriesgan multas de entre 5 y 20 UTM por cada trabajador. A pesar de esto existen sectores que no están afectos a esta medida.
Se trata de establecimientos dedicados a la recreación y la industria gastronómica, por lo que cines, restorantes y casinos de juegos, además de locales atendidos por sus propios dueños o familiares directos pueden mantener sus puertas abiertas durante los feriados irrenunciables.
En los últimos años se han cursado 77 multas por infracción a la ley del trabajo, número relativamente bajo por lo que se espera este año la tendencia se mantenga y se respete el descanso legal de los trabajadores.
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