El Juzgado de Letras y Garantía de Paillaco, en la región de Los Ríos, determinó que la administradora de fondos previsionales Plan Vital deberá pagar con sus propios fondos las cotizaciones de dos trabajadores de la comuna.
El fallo de la magistrada Lucía Massri se dictó luego de que se constatara que la AFP tuvo un actuar negligente al no perseguir las trasferencias de dinero por parte del empleador a Víctor Keim y Daniel Arriagada, durante un periodo de dos meses.
“Se ordenará a la A.F.P. PLANVITAL S.A. enterar en el fondo respectivo de los trabajadores (…), el monto total impago de las cotizaciones”, indica el fallo dictado en el Juzgado de Letras.
La magistrada también dictaminó que la administradora de fondos tiene un plazo de 10 días para normalizar las cotizaciones de ambos empleados, dando cuenta del depósito de los montos en el tiempo señalado.
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En su fallo, Massri además aseveró que esta situación le impidió a ambos trabajadores acceder “de forma íntegra” a los retiros voluntarios del 10% de sus fondos previsionales, producto del “cobro negligente” de Plan Vital.
La decisión judicial dicta que además de las cotizaciones adeudadas, la aseguradora deberá pagar sus respectivos intereses y reajustes, “que serán determinados en una liquidación a practicarse una vez ejecutoriada la presente resolución”.
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