Este viernes el Juzgado de Garantía de Concepción declaró inadmisible la querella por injurias y calumnias presentada por la tripulación del PAM Cobra contra el abogado Rafael Poblete Saavedra, quien representa a las familias de los siete tripulantes desaparecidos de la lancha Bruma.
La querella fue presentada el pasado martes 6 de mayo por el abogado Alejandro Espinoza, en medio de la investigación por la desaparición de la lancha Bruma.
Ese mismo día, Poblete confirmó el hallazgo de restos biológicos en el PAM Cobra.
El tribunal determinó que las declaraciones del abogado Poblete en medios de comunicación no cumplían con los requisitos legales para perseguir penalmente los delitos denunciados.
Según el fallo, las expresiones del abogado no constituían injurias, ya que no se dirigían a personas naturales, y no cumplían con los elementos necesarios para ser consideradas calumnias, ya que no atribuían un delito específico.
Cabe recordar que Poblete había cuestionado un supuesto “pacto de silencio” entre los tripulantes del Cobra, de la empresa Blumar, y había señalado que estos fueron sometidos a interrogatorios con psicólogos antes de declarar ante la Fiscalía.
Estas declaraciones fueron citadas en la querella presentada por el abogado Alejandro Espinoza, representante de la tripulación del Cobra.
El tribunal enfatizó que el Derecho Penal actúa como “último recurso” y prioriza soluciones menos lesivas. En este contexto, el juez de garantía, Iohan León Espinoza, sostuvo que las críticas de Poblete, aunque controvertidas, se enmarcan en la libertad de opinión.
“Las declaraciones (…) no son constitutivas de los delitos de injurias y calumnias”, puntualizó el fallo.
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