La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó de manera unánime un recurso de protección presentado en contra del Serviu de Tarapacá, validando así la pérdida de un subsidio porque la beneficiaria no habitó la propiedad.
Según lo informado por el Poder Judicial, la Primera Sala del tribunal resolvió que el organismo estatal actuó dentro de sus competencias legales, descartando cualquier acto arbitrario o vulneración de derechos contra la demandante.
El dictamen enfatiza que la normativa exige a quienes reciben viviendas sociales la obligación esencial de residir en ellas.
En esta línea, los magistrados determinaron que el Serviu posee la facultad expresa de fiscalizar este deber y “adoptar las medidas correspondientes en caso de infracción, pudiendo disponer la restitución del inmueble frente al incumplimiento”.
Por último, la resolución avaló las pruebas presentadas por la autoridad para quitar el beneficio. El fallo concluyó que la medida se apoyó en antecedentes concretos sobre la desocupación del lugar, precisando que “al no configurarse una acción u omisión ilegal o arbitraria (…) la presente acción cautelar no puede prosperar”.
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