El Ministerio del Interior hizo llegar el jueves un oficio a los ministros, subsecretarios, intendentes regionales y gobernadores provinciales con instrucciones acerca de la participación de funcionarios públicos en el plebiscito del 25 de octubre.
El instructivo, firmado por el ministro Víctor Pérez, señala que “se ha estimado necesario, en aras de resguardar la probidad, eficiencia y eficacia de la labor de los diversos servicios públicos que conforman la Administración del Estado, impartir las siguientes instrucciones”.
Entre estas, Interior indica que “los servidores públicos, cualquiera sea su jerarquía y estatuto jurídico que los rija, están impedidos de realizar actividades de carácter político electoral durante su jornada de trabajo“.
El oficio establece que “en el artículo 10 de la Ley Nº 18.575, se impide realizar cualquier actividad política dentro de la Administración, lo que resulta plenamente aplicable a todos los servidores públicos”.
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“Su debido respeto resulta esencial para garantizar el adecuado, imparcial y continuo funcionamiento de los órganos de la Administración del Estado durante el período establecido por la ley para la promoción de la campaña del plebiscito”, argumentan.
Más adelante, el texto determina explícitamente que “no pueden los funcionarios, durante el ejercicio de sus funciones, llamar a votar por algunas de las posiciones del plebiscito nacional, candidatos determinados, ni por conglomerados constituidos para fines políticos electorales. Tampoco pueden permitir que los beneficios que el Estado otorgue sean identificados en su entrega real por candidato alguno”.
Además, explica que los funcionarios no pueden discriminar en la convocatoria a ceremonias públicas o acciones en terreno en desmedro o con favoritismo respecto a alguna de las propuestas plebiscitados o de candidatos legalmente inscritos.
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