Este lunes, la Corte de Apelaciones de Santiago dictaminó que el Estado deberá pagar 50 millones de pesos como indemnización a los hermanos de Justo Mendoza, detenido desaparecido en Curacaví el 16 de septiembre de 1973.
El delito fue calificado como crimen de lesa humanidad, por lo que la corte indicó en el fallo que, de acuerdo a los fundamentos de los Derechos Humanos y la normativa de tratados internacionales ratificados por el país, el Estado de Chile está obligado a proteger y reconocer como derecho la reparación íntegra.
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