La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de queja y ordenó al Banco Scotiabank indemnizar a un cliente que sufrió un fraude por más de $ 17 millones en marzo de 2020 en Santiago.
Según lo informado por el Poder Judicial, el máximo tribunal determinó que la entidad financiera infringió la Ley N°19.496 al incumplir su deber de seguridad, confirmando así el fallo del Primer Juzgado de Policía Local de Ñuñoa que responsabiliza a la firma por no bloquear ni alertar sobre transacciones sospechosas.
Según el fallo de mayoría, la institución bancaria permitió de forma remota la contratación de un crédito web y tres transferencias seguidas desde una dirección IP inusual del usuario y sin el uso de claves de coordenadas.
La resolución judicial subrayó que el banco mantuvo una “pasividad en el cumplimiento de su deber de seguridad” y no aportó pruebas que demostraran una negligencia exclusiva del afectado.
Con esta decisión, adoptada con el voto en contra del ministro Manuel Antonio Valderrama, el máximo tribunal dejó sin efecto lo resuelto previamente por la Corte de Apelaciones de Santiago. De este modo, se ratificó la sentencia de primera instancia que obliga a la empresa a asumir el perjuicio económico causado por las operaciones fraudulentas.
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