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El senador Felipe Kast (Evópoli) compartió un video en donde una dirigenta vecinal de San Miguel dice que el artículo 210 de la propuesta constitucional establece que la constitución de las unidades vecinales “será elaborado y aprobado por el consejo municipal y el alcalde”.

La intervención de la dirigenta no sería cierta, ya que el artículo 210 del Capítulo VI: Estado Regional y Organización Territorial, no especifica lo dicho por la mujer. 

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Lo que verdaderamente dice el artículo 210 es: 

  • Las comunas establecerán territorios denominados unidades vecinales. Dentro de la unidad vecinal se constituirá una junta vecinal, representativa de las personas que residen en ella, la que contará con personalidad jurídica y no tendrá fines de lucro. Su objeto será hacer efectiva la participación popular en la gestión comunal y en el desarrollo de la comunidad. En comunas con población rural, podrá constituirse además una unión comunal de juntas vecinales de carácter rural.
  • La ley dispondrá la forma de determinar el territorio de las unidades vecinales, el procedimiento de constitución de las juntas vecinales y uniones comunales y sus atribuciones.

Fernando Atria, ex convencional, manifestó que lo leído por la dirigenta no existe: “¿Quién le habrá facilitado el texto falsificado que cita? Dada su conocida indiferencia a la verdad, quizás que este senador lo comparta es una pista”.

En respuesta, Kast abrió un hilo en Twitter para expresar “que el texto aprobado elimina la facultad actual de los ciudadanos de crear múltiples y diversas juntas de vecinos en un mismo territorio (situación actual, ley 19.418) y le entrega el monopolio al municipio para definir los nuevos territorios vecinales”. Así, continuó, “más aún, el municipio solo podrá autorizar una junta de vecinos por cada territorio y, por lo tanto, muchas de las juntas de vecinos autónomas desaparecen de aprobarse este texto”.

De esta manera, volvió a citar el Artículo 210, destacando las frases “las comunas establecerán territorios denominados unidades vecinales” y “dentro de la unidad vecinal se construirá una junta vecinal“. No obstante, lo leído por la dirigente no correspondía a este artículo.

Aquí puedes leer el texto propuesto por la Convención Constitucional:

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