Escuelas Protegidas: Senado aprueba en general proyecto contra la violencia escolar y mañana será votado en particular

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Publican en el Diario Oficial Ley de Convivencia Escolar: Permitirá instalar detectores de metales en colegios/Agencia Uno

El Senado aprobó este lunes, con 24 votos a favor, 6 en contra y 11 abstenciones, la idea de legislar del proyecto de ley “Escuelas Protegidas“, que busca combatir los casos de violencia en establecimientos escolares.

El proyecto de ley establecerá medidas como la revisión de mochilas, además de sanciones y requisitos para acceder a la gratuidad, con el fin de combatir esta problemática.

Será durante la jornada de mañana martes que el Senado deberá votar y revisar en particular la iniciativa, para que luego vuelva a la Cámara Baja con sus modificaciones en calidad de tercer trámite.

¿Cómo será la revisión de mochilas?

Uno de los artículos aprobados es la revisión de mochilas; sin embargo, se enfatizó que esta solo puede realizarse por motivos fundados, individualizados y verificables.

“Quedan prohibidas las revisiones sistemáticas o basadas en algunas de las características personales, sociales, étnicas, migratorias, religiosas, de género, de orientación sexual, de identidad de género, de apariencia, de condición socioeconómica o de necesidades educativas especiales”, detalló el comunicado del Senado.

Además, se estableció que se debe evitar cualquier forma de contacto físico o exposición innecesaria, y que el procedimiento debe realizarse en lugares designados. Queda estrictamente prohibido que el estudiante sea desnudado, al igual que la revisión corporal o de vestimentas.

Asimismo, se especificó que se podrá solicitar al estudiante “mostrar o vaciar el contenido de los bolsillos. Si se hallaren elementos potencialmente peligrosos, se deberá comunicar de manera inmediata a los padres y apoderados del estudiante, así como a Carabineros o a la Policía de Investigaciones (PDI)”.

Si el menor de edad se niega, se deberá llamar a los apoderados para que estos revisen las pertenencias correspondientes, mientras el estudiante permanece en resguardo.

Por último, se fijó que los reglamentos internos de cada establecimiento pueden “contener prohibiciones de uso de vestimentas o accesorios que impidan la identificación facial. No se aplicará cuando el uso responda a necesidades de salud, necesidades sensoriales o de regulación emocional, prácticas religiosas o culturales, expresión de identidad de género y necesidades de carácter climatológico, entre otras”.

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