Escuelas Protegidas: ¿Qué cambios implica la nueva ley para las salas de clase de los escolares?

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La jornada de ayer se promulgó la ley 21.827, también llamada ley de Escuelas protegidas, iniciativa que busca enfrentar la violencia en establecimientos educacionales. La norma, entre otras moderaciones, permite revisar pertenencias en las mochilas, facultar a los profesores y autoridades educacionales y la prohibición de elementos que impidan la identificación facial dentro de los recintos.

Tras la publicación de la iniciativa en el Diario Oficial, el director de CELITED UC, Ernesto Treviño, abordó la magnitud de la convivencia escolar en el país. Según detalló, frente a una matrícula de aproximadamente tres millones de estudiantes, la Superintendencia de Educación registró 17 mil denuncias por convivencia escolar, cifra que representa el 0,06% del total nacional de la norma.

“No es que estemos en una crisis de convivencia grave, lo que sí es que hemos tenido casos de alta notoriedad pública donde ha habido violencia excesiva, donde incluso ha habido heridos y muertos”, señaló en diálogo con CNN AM.

Si bien el especialista valoró el marco preventivo, advirtió sobre las dificultades de implementación de algunas medidas clave. 

¿En qué consisten las medidas?

Entre los ejes principales de la ley, Treviño señaló que se obliga a los establecimientos educacionales a ajustar sus reglamentos internos y se faculta la adopción de medidas disciplinarias de carácter preventivo.

Permiten suspender temporalmente a los estudiantes que se han visto involucrados antes de realizar un debido proceso (…), como una especie de prisión preventiva antes de que se dé el juicio, con el fin de resguardar a la comunidad educativa y prevenir que esos hechos escalen”, explicó Treviño, precisando que este resguardo no vulnera el debido proceso ni los derechos fundamentales de los alumnos.

Respecto a la revisión de mochilas y la prohibición del ingreso a los recintos educacionales a rostro cubierto, el académico expresó dudas sobre su efectividad en la práctica y que este tipo de medidas no garantizan evitar hechos de violencia.

Asimismo, estas medidas son completamente voluntarias, dependiendo del reglamento de cada recinto, según explicó el especialista. Detalló que este procedimiento exige la presencia de al menos dos adultos, el aviso previo a los apoderados y el consentimiento del estudiante, quien mantiene el derecho a negarse

La evidencia no dice que ese tipo de medidas sean tan eficaces; es parecido a poner portales, detectores de metales. Es muy difícil que ese tipo de medidas prevengan los hechos de violencia profunda donde hay heridos, donde hay ataques físicos, incluso con armas en las escuelas”, señaló.

Rol de los policías dentro de la comunidad educativa

Finalmente, el profesional se refirió a las indicaciones sobre la intervención policial dentro de los establecimientos. Al respecto, valoró que se haya acotado la actuación de Carabineros o la Policía de Investigaciones (PDI) exclusivamente a casos de flagrancia, es decir, en casos donde se esté metiendo.

Treviño sostuvo que permitir la intervención policial sin la mediación de un fiscal o un proceso acorde es una vulneración a los derechos de los niños y niñas, y reafirmó que el liderazgo de los equipos directivos y docentes sigue siendo el principal medio para garantizar una buena convivencia escolar.

Que las policías tengan la atribución de poder participar y revisar sin un debido proceso, sin una acusación, es realmente una violación a las garantías de derecho de los niños y las niñas que están en los establecimientos”, finalizó.

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