La Corte Suprema acogió de forma parcial un recurso de nulidad y rebajó a $85.807.854 la multa impuesta al empresario Javier Cornejo Diez de Medina.
Según lo informado por el Poder Judicial, el tribunal dictaminó la medida tras detectar un error de cálculo en la sentencia previa del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.
El sujeto fue condenado como autor del delito consumado y reiterado de soborno, ilícito cometido entre febrero de 2022 y mayo de 2023 en perjuicio del exalcalde de la comuna, Juan Ramón Godoy Muñoz, quien también afronta condenas por cohecho, fraude al fisco y lavado de activos.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal aclaró que el castigo económico debe calcularse sobre el dinero entregado directamente al funcionario público y no según las ganancias de la empresa del privado.
La resolución judicial detalló que “el parámetro para la determinación de la multa está dado estrictamente por el monto pagado por el particular al funcionario público cohechado“. Dicha cifra quedó consolidada en $42.903.927 mediante el uso de una tarjeta de débito facilitada al exjefe comunal.
De esta manera, la sentencia de reemplazo determinó aplicar una sanción equivalente al duplo del dinero defraudado, fijando el monto definitivo y corrigiendo los $472.495.113 establecidos originalmente de forma errónea.
Además del pago de la multa, el tribunal ratificó para Cornejo la pena de cuatro años de reclusión menor en su grado máximo y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
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