Permiso de Circulación 2026: ¿Cómo puedo revisar si tengo multas impagas?
Hay diversas formas para revisar si una patente tiene multas asociadas. Revisa los detalles.
En el marco de las elecciones del 16 de noviembre, la Suseso emitió un dictamen que flexibiliza las normas para las personas que se encuentran con reposo médico.
Este domingo 16 de noviembre se realizarán las elecciones presidenciales y parlamentarias, en las que más de 15 millones de personas están habilitadas para votar en todo el país.
En este contexto, surge una pregunta recurrente: ¿qué ocurre con las personas que tienen una licencia médica vigente? La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) emitió un dictamen dirigido a las Isapres con el objetivo de armonizar la obligatoriedad del voto con el cumplimiento del reposo médico.
De acuerdo con el documento, asistir a votar no se considera un incumplimiento del reposo médico, siempre que el desplazamiento sea solo para ejercer el derecho a sufragio y la persona regrese directamente a su domicilio una vez emitido el voto.
La Ley 21.779, publicada en el Diario Oficial el 23 de octubre de 2025, incorporó el artículo 139 bis a la Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Esta norma establece que quienes no voten serán sancionados con una multa de entre 0,5 y 1,5 unidades tributarias mensuales, salvo en los siguientes casos:Personas enfermas.
Además, el artículo 55 letra a) del Decreto Supremo N° 3 de 1984 del Ministerio de Salud dispone que puede rechazarse o invalidarse una licencia médica cuando el trabajador incurra en incumplimiento del reposo indicado.
Para compatibilizar ambas normas, la Suseso fijó el siguiente criterio:
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