En el marco de las elecciones presidenciales y parlamentarias 2025, el Servicio Electoral (Servel) reforzó el llamado a respetar la prohibición de fotografiar o grabar el voto dentro de la cámara secreta, una acción que constituye un delito y que puede derivar en severas sanciones económicas y penales.
La advertencia busca resguardar el principio del voto secreto, considerado un pilar esencial para evitar presiones indebidas, actos de coacción o eventuales mecanismos de intercambio de sufragios.
Según recalca el organismo, cualquier registro visual del voto expone al elector y pone en riesgo la libertad del proceso democrático.
La legislación vigente establece multas que van desde 1 a 3 UTM —cerca de $200 mil— para quienes sean sorprendidos intentando dejar constancia de su preferencia mediante fotografías, videos u otro tipo de registro.
El Servel recuerda que esta práctica está tipificada en la Ley 18.700 como una conducta sancionable en cualquier tipo de elección.
El marco legal también contempla penas de reclusión menor en su grado mínimo —entre 61 y 541 días— para quienes incurran en actos que permitan presumir la venta de votos o la divulgación de la preferencia marcada en la papeleta, incluyendo la utilización de dispositivos o métodos destinados a evidenciar la elección del elector.
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