Una minuta de cinco páginas envió el director ejecutivo de Acción Republicana, Antonio Barchiesi, a los parlamentarios de Chile Vamos para fundamentar un eventual pedido de destitución del diputado Gabriel Boric, tras conocerse su reunión con Ricardo Palma Salamanca en Francia.
El documento difundido por el movimiento liderado por José Antonio Kast afirma que Boric habría infringido el artículo 60 de la Constitución porque: “Que un diputado de la República ignore las resoluciones de la justicia chilena y valide el testimonio de un terrorista prófugo, constituye un acto grave que compromete el honor de la nación”.
Dicho artículo señala que cesará de sus funciones “el diputado o senador que de palabra o por escrito incite a la alteración del orden público o propicie el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos de los que establece esta Constitución, o que comprometa gravemente la seguridad o el honor de la Nación”.
El texto busca sostener un eventual pedido al Tribunal Constitucional para que se destituya al diputado del Movimiento Autonomista.
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La minuta, a la que tuvo acceso La Tercera, afirma que “la reunión de un representante oficial de Chile con un prófugo de la justicia, la cual se realiza sorpresivamente y previo a que se le concediera asilo político a Palma Salamanca, compromete gravemente la postura del Estado chileno, lo cual atenta gravemente contra el honor de la nación”.
Y sostiene que “juntarse con un terrorista prófugo condenado por la justicia chilena en todas sus instancias y sobre el que pesa un pedido de extradición realizado por el Estado de Chile, compromete gravemente la posición monolítica de la Nación, incluida la credibilidad sobre el propio Poder Judicial chileno, por lo que luego de la visita del diputado Boric, Francia tiene más argumentos para validar el asilo de Palma Salamanca”.
“Por todo esto, no queda sino concluir que la conducta del diputado Boric ha configurado la causal prescrita en el artículo 60 inciso quinto de la Constitución, pudiendo solicitarse su destitución al Tribunal Constitucional en virtud de lo prescrito en el artículo 93 número 14 de la Carta Fundamental, para lo cual se requiere la firma de a lo menos 10 parlamentarios en ejercicio”, concluye el documento.
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