Agencia UNO

Este miércoles fue declarado admisible por la Corte Suprema el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del cineasta nacional Nicolás López, cuyo objetivo es dejar sin efecto la condena de 5 años y un día de cárcel efectiva por reiterados abusos sexuales, dictada por el Tribunal Oral de Viña del Mar el 16 de mayo pasado.

La unánime decisión de la corte deja el futuro del director en la sala penal del máximo tribunal del país. Para este proceso, se realizó una revisión formal de los argumentos expresados por la defensa y los magistrados definieron que son ellos y no la Corte de Apelaciones de Valparaíso, quienes se encuentran aptos para revisar las eventuales infracciones constitucionales cometidas durante el juicio y que fueron alegadas en el recurso de la abogada Paula Vial, según consignó La Tercera.

De esta forma, lo que viene para López es que la sala penal ponga en tabla el caso y cite a quienes corresponda. Los ministros que resolvieron esta admisibilidad son Haroldo Brito, Jorge Dahm, Manuel Valderrama, Leopoldo Llanos y el abogado integrante Ricardo Abuauad.

Lee también: “Se trata de modernizar el sector”: Minvu anunció concurso para la construcción de viviendas industrializadas en la RM

La defensa del acusado plantea que los jueces orales habrían infringido las garantías constitucionales del cineasta. En un escrito de casi 100 páginas, la abogada Vial fundamenta su presentación invocando como causal principal de nulidad que, “cuando en cualquier etapa del procedimiento o en el pronunciamiento de la sentencia, se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías asegurados por la Constitución o por tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren actualmente vigentes”.

“La presunción de inocencia por sobre la perspectiva de género”

La defensa del cineasta plantea en su propuesta, mediante cuestionamientos al testimonio de una de las víctimas, que en su caso “no existió en juicio prueba alguna de corroboración del relato dado”, lo que constituiría una infracción del debido proceso. “La presunción de inocencia prevalece sobre la perspectiva de género, teniendo que demostrarse no si la víctima miente, si no, si existen elementos que corroboren su relato y que permitan destruir la presunción de inocencia que pesa sobre mi representado, cosa que no ocurrió en el presente juicio”, se afirma en el texto.

Lee también: Daniela Vega cuestiona a Metro por intervención LGBT: “Las paredes se derriban dando oportunidades, no iluminándolas”

Tags:

Deja tu comentario