{"multiple":false,"video":{"key":"b4AuokEQPu","duration":"00:00:27","type":"video","download":""}}

La Corte Suprema sentenció este jueves al Estado de Chile a pagar una indemnización de $1.000 millones a los hijos del matrimonio Luchsinger Mackay.

En específico, se indica que el Fisco debe compensar a favor de cada uno de los actores la suma de $250.000.000 por concepto de daño moral.

El fallo dictado por el máximo tribunal se basa en la falta de servicio policial y el que no se hayan adoptado medidas de seguridad ante la familia, pese a que habían recibido amenazas previas.

Lee también: Gobernador de La Araucanía y situación en la zona: “Hay vulneración a la democracia con este nivel de atentados”

Werner Luchsinger y Vivian Mackay murieron el 3 de enero de 2013 tras sufrir un ataque incendiario en su hogar, en el fundo Lumahue en Vilcún, Región de La Araucanía.

La sentencia fue emitida por la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Jorge Zepeda y los abogados (i) Leonor Etcheberry y Gonzalo Ruz. 

El texto señala que “en el caso en estudio, la responsabilidad del Estado, fundada en la falta de servicio, se traduce en que, no obstante, ser conocidos por las autoridades de la zona, las amenazas que había recibido la familia Luchsinger Mackay; teniendo en cuenta, además, que el día de los hechos, se trataba de la fecha en que murió el comunero Matías Catrileo Quezada, en el Fundo Santa Margarita”, finalmente el matrimonio perdió la vida en el ataque.

“En esas particulares circunstancias, le era exigible a las Fuerzas de Orden y Seguridad, para ese día, respecto de los Lushinger Mackay, la obligación de considerar el inmueble de éstos como un punto al cual se debía resguardar”, añade el texto.

Lee también: Elisa Loncón y críticas por dichos sobre La Araucanía: “Le corresponde al gobierno responder a las coyunturas políticas”

Además, se indica que “fue decisivo en el resultado, el que las Fuerzas de Seguridad y de Orden no cumplieran con su deber de garantes, tanto respecto a su posición de control de la fuente de peligro que le era conocida y también previsible, como frente a los bienes jurídicos que se encontraban en la obligación de defender”.

Finalmente, el texto concluye que “las consideraciones anteriores hacen irrelevante la propuesta de la parte demandada Fisco de Chile, en lo que dice relación con intentar dar relieve a que la ejecución del crimen pudo deberse a que la víctima Werner Luchsinger habría rechazado la protección policial”.

Tags:

Deja tu comentario