La Corte Suprema condenó a la ticketera Punto Ticket a compensar a los consumidores afectados por la suspensión del “Festival Frontera 2016”, luego de acoger un recurso judicial presentado por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).
El máximo tribunal estableció, por primera vez, la calidad de intermediaria de una ticketera frente a los consumidores.
El evento estaba programado para el 3 de diciembre de 2016 en el Club Hípico de Santiago, pero fue suspendido un día antes de su realización debido a que no cumplía con los requisitos exigidos por la entonces Intendencia Metropolitana para la realización de eventos masivos. Al momento de la suspensión se habían vendido alrededor de 25 mil entradas.
Tras la cancelación, el Sernac ofició a la productora a cargo del evento y, luego de analizar su respuesta, detectó incumplimientos a la Ley del Consumidor. Ante esta situación, el organismo interpuso una demanda colectiva en representación de los consumidores afectados.
Luego de varios años de tramitación judicial, la Corte Suprema dio la razón al Sernac y estableció que Punto Ticket tuvo la calidad de intermediaria al comercializar y distribuir las entradas para el evento. De esta manera, el tribunal determinó que existía un vínculo contractual entre la ticketera y los consumidores que adquirieron sus entradas.
Según explicó el Sernac, este criterio implica que las empresas que cumplen este rol pueden ser consideradas civilmente responsables frente a los consumidores cuando se produce un problema con un evento masivo. Esto contempla la restitución del dinero pagado y las compensaciones correspondientes de acuerdo con los daños ocasionados.
La directora nacional (s) del Sernac, Carolina González, destacó la decisión del máximo tribunal y sostuvo que la sentencia “es muy relevante porque establece un nuevo estándar de protección para los consumidores que día a día asisten a conciertos y a otros eventos masivos y que muchas veces ven que sus derechos no son respetados”.
González también valoró que la resolución establezca compensaciones para los distintos grupos de personas afectados por la suspensión del festival. “Si bien pasó harto tiempo, lo relevante es que los consumidores finalmente serán compensados, con los respectivos reajustes e intereses”, afirmó.
Las compensaciones para los consumidores y consumidoras
- Grupo 1: Consumidores de regiones distintas a la Región Metropolitana que finalmente no asistieron al festival. La compensación para este grupo es de 2,06 UF (aproximadamente $84.140). Si estas personas reclamaron ante el SERNAC, este monto sube a de 2,32 UF (casi a $94.760).
- Grupo 2: Consumidores de regiones distintas a la Metropolitana que asistieron a la nueva fecha del festival Frontera. Para este grupo, la compensación establecida por la justicia es de 1,5 UF (casi $61.270). Si reclamaron ante el Servicio, sube a 1,77 UF (más de $72.290).
- Grupo 3: Consumidores de la Región Metropolitana que decidieron no asistir a la nueva fecha reprogramada. En este caso, la compensación asciende a 0,56 UF (más de $22.870); si interpusieron un reclamo ante el Servicio, la cantidad sube a 0,82 UF (más de $33.490).
- Grupo 4: Consumidores de la Región Metropolitana que asistieron al festival en la fecha reprogramada: El tribunal estableció compensaciones solo para aquellos consumidores que reclamaron ante el SERNAC, cuyo monto es de 0,26 UF (alrededor de $10.620).
Lo más leído
- Reencuentro en Uruguay: Gabriel Boric y sus exministros se reunirán en el Congreso Panamericano de Montevideo
- Wall Street cierra en rojo por masivas ventas del sector tecnológico y estancamiento en las negociaciones en Medio Oriente
- Corte Suprema condena a Punto Ticket a compensar a afectados por suspensión del Festival Frontera 2016
- Grok Bot: La IA que presentó SpaceXAI para competir con OpenAI y Anthropic
- Venezuela restablecerá relaciones consulares con Israel tras 17 años: Hugo Chávez las rompió en apoyo a Palestina