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La Corte de Apelaciones de Santiago declaró como inadmisible el recurso de protección interpuesto en favor de los adultos mayores y que buscaba ampliar el tiempo de salida de sus permisos temporales.

El tribunal de alzada precisó que “el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o legales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales”.

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En ese sentido, indicó que “los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, por lo que no será admitido a tramitación”.

El 22 de julio pasado, el gobierno anunció de la implementación de un permiso especial para que las personas de esta edad puedan salir a la vía pública y se detalló que quienes vivan en zonas en fase 1 y 2, se permitirán salidas de una hora, los días lunes, jueves y sábado, entre las 11 y 12 horas. 

En tanto, para las zonas en fase 3 y 4, se permitirán salidas de una hora todos los días de la semana, entre las 11 y 12 horas o entre las 15 y 16 horas. 

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