La planta termoeléctrica de Endesa debe detener sus funciones hasta lograr una Resolución de Calificación Ambiental.
Hace una semana la primera sala de la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de no innovar presentado por algueras y pescadores artesanales de Coronel para detener las acciones de la central termoeléctrica Bocamina II , de la empresa Endesa. Sin embargo, este martes 17 de diciembre, la Corte de Apelaciones decidió aceptar el recurso, ya que la central termoeléctrica no cuenta con la Resolución de Calificación Ambiental.
Lorenzo Soto, abogado de los pescadores artesanales de la Caleta Lo Rojas de Coronel, indicó que ante el rechazo de la Corte de Apelaciones decidieron presentar nuevos antecedentes, pues “acá una central termoeléctrica a carbón contamina a diestra y siniestra un lugar habitado, poblado, en inmediaciones en que vive la población”.
Ante la nueva resolución de la Corte de Apelaciones, el abogado Lorenzo Soto, afirmó: “Hoy día la Corte de Apelaciones ha adquirido la convicción de que con estos antecedentes, entre ellos, muy importante la formulación de cargos que la Superintendencia del Medio Ambiente le hizo a la propia Endesa, reprochándole la ejecución de una actividad sin autorización ambiental, procedió por consiguiente a ordenar la paralización inmediata de este proyecto”.
Además, el abogado recalcó el impacto que efectúa la planta tanto en el aire como en los recursos hidrológicos. “Ni siquiera tuvo evaluación ambiental sobre el medio marino. O sea, nadie sabe lo que pasa en el medio marino, salvo los pescadores que constatan que no tienen los medios de subsistencia para poder desarrollar tradicionalmente la actividad económica que les daba sustento”, explicó el abogado Soto.
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