AGENCIA UNO

Este viernes, la Contraloría General de la República (CGR) estableció que el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Giorgio Jackson, “no se ajustó a la necesaria prescindencia que se requiere frente al plebiscito”, luego que el Gobierno anunció que la autoridad iba a recibir las propuestas para reformar la eventual nueva Constitución.

El ente regulador se pronunció ante el oficio que presentaron los diputados de la Democracia Cristiana (DC) Joanna Pérez y Eric Aedo.

¿Qué dijo Contraloría?

En el documento de cuatro páginas firmado por el contralor general de la República, Jorge Bermúdez, se indica que, “como puede advertirse, el legislador le entregó al Ministerio SEGPRES, entre otras, la función de asesorar en temas de relevancia política al presidente de la República y a sus ministros, y le asignó el rol de coordinador del gobierno con el Congreso Nacional y los partidos políticos, en temas legislativos y normativos. Por ello, se ajusta a las funciones propias de esa Cartera de Estado el que su ministro se reúna con los partidos y líderes políticos con el fin de analizar temas de relevancia nacional, y legislativos y normativos”.

“En el caso en estudio, se tuvieron a la vista antecedentes consistentes en declaraciones a noticiarios y notas de prensa que hicieron de público conocimiento las expresiones vertidas el 2 de agosto de 2022 por el ministro Secretario General de la Presidencia. En ellas se aprecia que el Ministro comunicó en los medios que lo que se está pidiendo es que, en el caso de la opción Apruebo, los partidos puedan hacer llegar propuestas a su Cartera de Estado, añadiendo que van a recibir todas las ideas para sacar los mínimos comunes, y que el objetivo es tener claridad de los elementos y los escenarios que enfrentará el Gobierno en conjunto con el Congreso a partir del 5 de septiembre”, continúa.

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Sin embargo, el ente regulador “advierte que en forma previa a la realización del plebiscito, se hizo presente a ciertos partidos que se identifican con una de las opciones plebiscitadas -Apruebo-, la posibilidad de formular proposiciones para modificar la propuesta de nueva Constitución en caso de ser aprobada, y sin que conste de los antecedentes tenidos a la vista ni de lo informado por esa Cartera de Estado, que esa autoridad haya adoptado medidas parecidas en relación con la opción Rechazo“.

“De este modo, la manera y la oportunidad en que el ministro Secretario General de la Presidencia efectuó la aludida comunicación, si bien se enmarcan dentro de las funciones que le corresponden a esa Secretaría de Estado, no se ajustó a la necesaria prescindencia que se requiere frente al plebiscito, por lo que esa autoridad deberá tener presente las consideraciones antes expuestas en el ejercicio de sus funciones, en lo sucesivo“, dictó.

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