Este martes la Contraloría General de la República se pronunció tras la ordenanza emitida por la Municipalidad de Zapallar, y en su dictamen consignó que “exceden el ámbito de sus atribuciones”.
La ordenanza fue aprobada en el Concejo Municipal en diciembre del año pasado, y estableció restringir el tránsito de los menores de 16 años entre las 00:00 y las 05:00 horas.
Según el contralor general Jorge Bermúdez, esta ordenanza “excede el ámbito de atribuciones de las Municipalidades, toda vez que las restricciones a la libertad de desplazamiento de las personas es una materia que la Constitución Política de la República ha reservado a la ley”.
El organismo impugnó la medida impulsada por el alcalde Gustavo Alessandri, por tanto, “no procede que se regule por una ordenanza como la que se ha examinado, restricciones o limitaciones a la libertad individual de los adultos y menores a los que se refiere”.
Por otra parte, la Contraloría ordenó al municipio efectuar una “una rigurosa revisión del contenido de su ordenanza, en conformidad con los criterios precedentemente expuestos, a fin de ajustarla al ordenamiento jurídico”.
El pronunciamiento de Contraloría fue solicitado por los parlamentarios Luis Cuello (PC), Daniela Serrano (PC), María Francisca Bello (CS), Diego Ibáñez (CS) y la concejala de Zapallar, Carolina Letelier.
¿Qué viene ahora tras el pronunciamiento?
A partir de la recepción del oficio, la Municipalidad de Zapallar tiene un plazo de 15 días hábiles para realizar una revisión a la ordenanza e informar sus eventuales modificaciones.
De hecho, anteriormente, la Defensoría de la Niñez efectuó modificaciones a la ordenanza, disminuyendo la edad (a partir de los 14 años), restringir el tránsito nocturno.
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