La Corte Suprema acogió una demanda de indemnización de perjuicios contra un notario que autorizó una compraventa de terrenos con firmas falsificadas y lo condenó a pagar $282.573.692 por daño emergente.
Según lo informado por el Poder Judicial, en fallo dividido, la Primera Sala del máximo tribunal revocó la sentencia que había rechazado la acción y estableció que el demandado no ejerció a cabalidad su función como ministro de fe al autentificar los documentos.
La resolución señala que el notario reconoció que no presenció personalmente la firma de la escritura pública de compraventa, actuación que estuvo a cargo de un dependiente de la notaría.
“La circunstancia de que las cédulas presentadas hubieren aparentado autenticidad (…) no permite tener por cumplida una obligación cuya ejecución correspondía personalmente al ministro de fe”, sostuvo la Corte.
El fallo precisó que el reproche no radica en que el notario no detectara técnicamente la falsificación, sino en que autorizó la escritura y dio fe de la identidad de los otorgantes sin realizar personalmente una actuación esencial.
La decisión contó con los votos en contra del ministro Mauricio Silva Cancino y la ministra María Angélica Repetto García.
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