La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados despachó este lunes, pasadas las 23 horas, la propuesta que se presentará a la Sala para reformar la Carta Magna y así dar comienzo al proceso constituyente.

La votación se produjo prácticamente a un mes de que se firmara el acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución por representantes de diversos sectores políticos.

La propuesta aprobada establece que el plebiscito se realizará el 26 de abril de 2020. Ocasión en que se le consultará a la ciudadanía dos preguntas.

La primera será “¿Quiere usted una nueva constitución?”, cuyas alternativas de respuesta son “Apruebo” o “Rechazo”. Y la segunda consulta será por el órgano que debería redactarla, si una Convención Mixta Constitucional (integrada en parte iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio) o una Convención Constitucional (integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente).

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El proyecto de ley que modifica el capítulo XV de la Constitución fue objeto de una serie de indicaciones. Entre ellas, la que contiene la propuesta de la Comisión Técnica que formó parte del acuerdo del 15 de noviembre. Estas últimas, a través de votación separada de cada uno de sus artículos, fueron respaldadas en su mayoría por 11 votos a favor y dos en contra.

La instancia aprobó que las normas de la Convención sean aprobadas por 2/3 y que, en caso de que la propuesta de Nueva Constitución sea rechazada, continuará vigente la actual Constitución.

Composición y plebiscito ratificatorio

De acuerdo a lo aprobado, la Convención Mixta Constitucional estaría integrada por 172 miembros, de los cuales 86 serían electos por la ciudadanía y 86 parlamentarios y parlamentarias electos por el Congreso Pleno. En el caso de la Convención Constitucional, la indicación aprobada señala que estará integrada por 155 representantes de la ciudadanía.

Junto a lo anterior, el documento también apunta que las y los convencionales constituyentes no podrán ser candidatos a cargos públicos hasta un año después de que cesen en sus funciones. En tanto que la Convención misma se disolverá una vez resulta la nueva Carta Fundamental.

También quedó estipulado que el plebiscito para ratificar la propuesta de texto constitucional será obligatorio.

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Tras la votación de todos los artículos mencionados, el diputado Gabriel Boric solicitó una votación separada del último párrafo del artículo 142, que establecía que “si la cuestión planteada en el plebiscito ratificatorio fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución“.

El artículo en general fue aprobado por 11 votos a favor y dos en contra. Sin embargo, el inciso señalado, se aprobó por ocho votos a favor, cuatro en contra y una abstención.

Escaños reservados

Diputadas de oposición, con el respaldo de algunas oficialistas, presentaron una propuesta de artículo transitorio que establece un principio de paridad de género. De acuerdo a lo explicado en la instancia, se busca alcanzar este equilibrio tanto en las candidaturas como en la elección.

La indicación, aprobada por siete votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, establece que las listas presentadas por un partido político no podrán superar el 50% de candidaturas del mismo sexo y deberán estar encabezadas en las cédulas por mujeres, siendo luego alternadas por hombres.

En cuánto a la elección, se aplica el mismo sistema de las parlamentarias. En los distritos que eligen un número par de representantes se elegirán equitativamente. Mientras que en los impares, ningún sexo podrá tener más de la mitad más uno de los escaños.

Respecto a la representación de independientes, se señala que dos o más candidatos podrán acordar un pacto electoral en su distrito bajo un lema común. Adicionalmente, cada candidato requerirá el patrocinio equivalente al 0,4% de quienes sufragaron en la elección parlamentaria anterior.

Además, el proyecto deja 18 escaños reservados para pueblos originarios, en el caso de escoger una Convención Constituyente, y 21, si se trata de una Convención Mixta Constituyente.

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