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Polémica ha causado el “certificado de lucidez” que algunas notarías están exigiendo a las personas adultas mayores para que puedan realizar trámites legales. La comunidad ha acusado discriminación por el hecho de tener una edad avanzada, sin embargo, desde la Asociación de Notarios aseguran que se trata de una forma de resguardo debido a situaciones anteriores.

Gloria Ortiz, notaria pública e integrante de la entidad, indicó en entrevista con CNN Chile y CHV Noticias que “no es una obligación legal, sino que se ha ido estableciendo por las diversas notarías como un resguardo atendiendo las situaciones que se nos han ido presentando durante el tiempo. ¿Cuál es esta? Que cuando hemos celebrado algún contrato, posteriormente han aparecido hijos u otros familiares alegando o indicando que la persona mentalmente no está en condiciones de celebrar un acto de contrato y, muchas veces, ha devenido en juicios”.

Los notarios hemos visto que ha sido una herramienta para ratificar nuestra impresión cuando entrevistamos a esta persona adulta mayor y no hay criterio claro. Hay notarías que aún no lo piden, pero atendido las situaciones que se han ido generando de la cantidad de operaciones en las que participan adultos mayores, nos hemos visto en la necesidad de empezar a solicitarlo”, agregó.

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Ortiz señaló que en su lugar de trabajo “nos ha pasado que, a veces, al adulto mayor lo traen en cierta medida engañado, entonces, la entrevista del notario con la persona, en general con todos, pero particularmente con las personas de tercera edad, es fundamental en este tipo de actos o contratos que se celebran”.

“En el caso personal, me he encontrado con situaciones en que la persona del certificado médico dice que está en condiciones de celebrar un acto de contrato en la notaría, y al conversar con ella uno empieza a notas ciertas situaciones y, como notarios, nosotros en la duda nos abstenemos o que venga en otra oportunidad o que consulte a otro especialista, pero no tomamos la firma”, mencionó.

Finalmente, la notaria pública precisó que existen “situaciones de personas que se encuentran muy bien de 85, 90, 95 años, optimas, pero nosotros tenemos que ver la situación para la generalidad de los casos y cuando nos encontramos con una persona que está vendiendo su vivienda, su propiedad, que es su único patrimonio, con mayor razón tenemos que tomar todos los resguardos para que el acto de contrato sea ejecutado de buena manera y para que la persona no sufra algún perjuicio producto de esta venta o esta enajenación”.

“Convocar una mesa de expertos”

No obstante, el director ejecutivo de Fundación Conecta Mayor, Eduardo Soto, acusa discriminación y plantea, ante el tipo de situaciones que menciona Ortiz, abrir el debate y convocar una mesa de expertos para encontrar una solución al problema.

En entrevista con Última Mirada de CNN Chile, Soto señaló que “es importante que la protección ante estafas o ante engaños, efectivamente es necesaria, pero para todas las personas, no solo para las personas mayores, sino que para las de todas las edades. Y esa discriminación de la edad, justamente, pasa también por no hacer discriminación respecto a la ‘lucidez’ o autonomía que una persona podría tener a la hora de tomar decisiones, en este caso particular, de carácter tributario o de carácter patrimonial”.

“Ahí yo creo que lo primero es abrir el debate. Aquí como Fundación Conecta Mayor estamos haciendo un llamado a abrir el debate y convocar a una mesa de expertos, entre ellos, por cierto, a los notarios, pero también los geriatras, a expertos del mundo de la gerontología, al mismo Servicio Nacional del Adulto Mayor, porque creo que es importante dar el debate: ¿cómo lo hacemos para evitar, no solo para las personas mayores, sino que para todas las edades, perjuicios patrimoniales a personas que están incapacitadas o que tienen alguna deficiencia cognitiva para tomar decisiones?”, añadió.

Esto puede ser -por cierto- por edad, pero también y más importante aún, por alguna discapacidad intelectual en general, por alguna demencia a cualquier edad, si en algún momento puntual alguna persona toma una decisión o firma un contrato estando bajo una sustancia que no corresponda; o distintas maneras en que una persona pueda tomar una decisión que después podría ser impugnable”, sentenció.

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