Avanza en la Cámara Baja el proyecto que prohíbe y sanciona la maternidad subrogada y tipifica sanciones

Por Valentina Sánchez Cárdenas
Avanza en la Cámara proyecto que prohíbe y sanciona la maternidad subrogada y tipifica sanciones/Cámara de Diputados

La Comisión de Familia de la Cámara de Diputadas y Diputados continúa discutiendo el proyecto que prohíbe y sanciona la maternidad subrogada, dando inicio a la votación en particular.

La iniciativa busca “prohibir toda práctica que implique que una mujer geste uno o más niños con el fin de que sean entregados a un tercero tras su nacimiento, cualquiera sea la denominación del acuerdo que la origine y exista o no remuneración o promesa de esta”.

Entre los argumentos para esta restricción aparece que la subrogación sería contraria a la dignidad y a los derechos de las personas que integran la familia.

Asimismo, contribuiría a la “mercantilización de las mujeres y de los niños y niñas”.

En esa línea, la comisión aprobó una norma que “será nulo de pleno derecho todo contrato en que se convenga la gestación a cargo de una mujer que renuncie a la filiación materna en favor del contratante o de un tercero”.

Proyecto prohíbe gestación subrogada: ¿Cuáles serían las sanciones?

En la sesión también se respaldaron disposiciones respecto a sanciones penales de la intermediación, promoción, organización y comercialización de la maternidad subrogada.

En detalle, se determinó que “quien intermedie entre una persona o pareja interesada en acoger a un niño y una mujer que acepte gestarlo para su posterior entrega será sancionado con presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años y un día) y multa de 1.000 UTM”.

Esta misma pena aplicará a cualquier persona que, de cualquier manera, realice, organice o publicite la comercialización de embriones o de maternidad subrogada.

Si las conductas mencionadas se hacen de manera habitual o si se detecta ánimo de lucro, “las sanciones se elevarán a presidio mayor en su grado mínimo y multa de 5.000 UTM”.

Asimismo, habrá sanciones de presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 5 años) y multa de 5 mil UTM a los profesionales de salud que, “abusando de su oficio, intervengan en procesos de gestación asistida con el propósito de concretar la maternidad subrogada”.

También se determinaron penas de presidio mayor en su grado medio a máximo (10 años y 1 día a 20 años) y una multa de 5 mil UTM “para quienes intermedien, organicen, realicen o publiciten esta práctica abusando de una relación de dependencia o de la situación de vulnerabilidad de la mujer, o induciéndola, por inexperiencia o ignorancia, a participar en un proceso de maternidad subrogada”.

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