Suprema confirma legalidad de acuerdo Codelco-SQM por el Litio y desestima quejas de Tianqi: ¿Qué reclama la gigante china?

Por Michel Nahas Miranda

28.01.2026 / 15:24

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El máximo tribunal respaldó el criterio de la CMF y ratificó el fallo de la Corte de Santiago que ya había descartado ilegalidad en la forma en que se aprobó la alianza. El conflicto lo empujó Tianqi, accionista minoritario de SQM, que exigía una junta extraordinaria para someter el pacto a votación.


La Corte Suprema confirmó este miércoles la legalidad del acuerdo entre Codelco y SQM para la explotación de litio en el Salar de Atacama, en el marco de la Estrategia Nacional del Litio, y rechazó la ofensiva judicial de Tianqi Lithium, accionista relevante de SQM.

La decisión ratificó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago en noviembre de 2025, que ya había descartado ilegalidad en los actos de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) vinculados a la aprobación del pacto.

El conflicto se originó tras la firma del acuerdo Codelco-SQM el 31 de mayo de 2024, cuando Inversiones TLC SpA (vinculada a Tianqi) pidió que SQM convocara una junta extraordinaria de accionistas para votar la operación, en vez de dejarla solo en manos del directorio. La CMF rechazó esa pretensión y publicó su respuesta en junio de 2024.

Imagen referencial del salar de Atacama / Agencia UNO

Imagen referencial del salar de Atacama / Agencia UNO

¿Qué reclama Tianqi y por qué le molesta el acuerdo?

1) Exigía una junta extraordinaria para votar el pacto: Tianqi sostuvo que la asociación con Codelco implicaba decisiones estructurales que, según la Ley de Sociedades Anónimas, debían someterse a junta (no solo a directorio). En su presentación, Inversiones TLC SpA apuntó a la necesidad de aplicar reglas asociadas a materias que requieren aprobación de accionistas y quórums reforzados.

2) Alegó que la forma elegida equivalía, en los hechos, a una “enajenación” o cambio sustantivo del negocio: En términos simples, la crítica de Tianqi apuntó a que el diseño del acuerdo reordenaba el activo clave (la operación del litio) de un modo que justificaba el voto de los accionistas y eventuales derechos asociados (como el derecho a retiro en ciertos escenarios). Ese fue el núcleo del reclamo ante regulador y tribunales.

3) Es un accionista minoritario con alto interés económic: Tianqi controla cerca del 22% de SQM y, por esa vía, su incentivo fue maximizar control e incidencia en una operación que redefine el negocio del litio en el Salar de Atacama. Diversas publicaciones han descrito ese porcentaje como parte del contexto de su ofensiva.


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Qué dijeron los tribunales y por qué Tianqi perdió

En noviembre de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad y sostuvo que no existía infracción en la resolución de la CMF. En su explicación del acuerdo, el tribunal describió la estructura como una fusión por absorción en la que una sociedad absorbe a la otra y sucede en derechos y obligaciones, argumento clave para descartar ilegalidad en la forma de ejecución de la alianza.

Luego, la Corte Suprema confirmó ese rechazo. Según reportes de prensa, el máximo tribunal observó falencias en la fundamentación del recurso, incluida la falta de sustento normativo suficiente y la omisión de referencias legales relevantes para sostener las alegaciones.

En paralelo, durante enero, Tianqi también intentó frenar la ejecución con solicitudes de “orden de no innovar” y reposiciones, sin éxito.

Qué pasa ahora con el acuerdo

Con el cierre de la controversia judicial, el camino regulatorio y societario del acuerdo queda despejado en sede de tribunales. De todos modos, el pacto ha seguido bajo escrutinio político e institucional: en diciembre de 2025, la Contraloría anunció una auditoría “sin precedentes” al proceso, tras presentaciones de parlamentarios, en un proceso separado al litigio de Tianqi.

Así, el reclamo de Tianqi se concentró en una pregunta de gobernanza corporativa: quién debía votar una operación de alta magnitud. La respuesta de la CMF, luego ratificada en tribunales, mantuvo el acuerdo dentro del marco de aprobación que siguió SQM y Codelco para ejecutar la Estrategia Nacional del Litio.