Caso Primus: Suprema mantiene sanción de la CMF contra Francisco Coeymans con multa de más de $2.000 millones por alterar estados financieros

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Caso Primus: Suprema mantiene sanción de la CMF contra Francisco Coeymans con multa de más de $2.000 millones por alterar estados financieros (AgenciaUno)

La Corte Suprema confirmó este miércoles la sanción que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) aplicó a Francisco Coeymans Ossandón, exgerente general de la empresa de factoring Primus Capital.

La sanción consiste en una multa de 50.000 Unidades de Fomento (UF), equivalentes a unos $2.064 millones, y la inhabilidad por cinco años para ejercer cargos directivos en entidades fiscalizadas.

La Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus, Gonzalo Ruz y Marisol Rojas, y la abogada integrante Andrea Ruiz, ratificó así el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que en junio había rechazado el reclamo de ilegalidad presentado por el exejecutivo. Además, lo condenó al pago de las costas del recurso, fijadas en $10 millones.

¿Por qué la CMF sancionó al exgerente de Primus Capital?

La CMF sancionó a Coeymans en mayo de 2025, al concluir que, como gerente general de Primus, entregó al regulador y al público información financiera falsa sabiendo que lo era. Según el organismo, el exejecutivo infringió la Ley de Mercado de Valores y la normativa que obliga a los gerentes generales a responder por la veracidad de los estados financieros de sus empresas.

El caso se remonta a marzo de 2023. El día 27 de ese mes, Primus envió a la CMF sus estados financieros de 2022, auditados por Deloitte, con una declaración de responsabilidad firmada por Coeymans. Tres días después, la propia empresa informó, a través de un hecho esencial, que una auditoría interna había detectado operaciones de factoring respaldadas con cheques que podrían ser falsos, por unos $5.600 millones.

El factoring es un mecanismo de financiamiento en el que una empresa vende sus facturas o documentos por cobrar a cambio de recibir el dinero de forma anticipada. En el caso de Primus, el esquema consistía en financiar operaciones que estaban respaldadas por documentos falsos.

En abril de 2023, Primus informó otros $3.600 millones en cheques falsos, con lo que el monto comprometido llegó a $9.200 millones. La empresa también señaló que existía un esquema para defraudar a la compañía que comprometía la gestión de Coeymans, quien había sido gerente general desde 2014, y del exdirector comercial Ignacio Amenábar. En mayo de ese año, Primus presentó una denuncia penal contra ambos.

Los informes sobre las operaciones irregulares

Según los antecedentes del caso, los informes forenses encargados a KPMG concluyeron que las operaciones irregulares se hicieron a través de sociedades relacionadas con terceros, algunas de ellas “empresas de un día”, que utilizaban cheques y facturas falsas para obtener financiamiento de Primus. Las operaciones se renovaban sucesivamente con nuevos cheques, lo que evitaba registrar morosidad o provisiones contables.

Los mismos informes señalaron que Coeymans habría intervenido en la evasión de controles internos, la aprobación de operaciones con clientes rechazados por las áreas de riesgo y legal, instrucciones de transferencias a terceros y el uso del sistema interno de la empresa para ocultar operaciones y suplantar autorizaciones de otros ejecutivos y directores. Las investigaciones encargadas por Primus estimaron un perjuicio aproximado de $30.000 millones.

En noviembre de 2023, la empresa volvió a presentar sus estados financieros de 2022, esta vez auditados por RSM Chile. La nueva versión redujo los activos informados originalmente en unos $35.331 millones y el patrimonio de la sociedad en cerca de $33.093 millones.

Los argumentos de la defensa y el fallo de los tribunales

En su reclamo, la defensa de Coeymans argumentó que la CMF no tenía competencia para aplicar una norma de carácter penal, que no se acreditó la intención de engañar y que los hechos aún se discuten en la justicia penal. Además, calificó la multa como desproporcionada y aseguró que se trataba de la mayor sanción aplicada por la CMF en su historia.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó esos argumentos. El tribunal sostuvo que la CMF tiene facultades para sancionar administrativamente infracciones a la Ley de Mercado de Valores, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal, y que Coeymans firmó “voluntaria y formalmente” la declaración de responsabilidad por los estados financieros enviados al regulador.

El fallo agregó que, según se informó durante los alegatos y sin que su defensa lo controvirtiera, Coeymans declaró en la causa penal reconociendo los hechos que negaba ante la CMF.

Respecto de la multa, la Corte consideró que se ajusta a la ley, ya que la Ley N° 21.314 elevó el máximo de las sanciones hasta 100.000 UF. Según el tribunal, la CMF fundamentó la sanción en la gravedad de la infracción, ya que los estados financieros ocultaron el esquema de irregularidades y afectaron la confianza en el mercado y las labores de fiscalización del regulador.

La Corte Suprema, por su parte, confirmó el fallo y agregó que en este tipo de reclamos rige el principio de congruencia, que impide a las partes ampliar o mejorar ante los tribunales los argumentos que no plantearon antes ante el organismo administrativo.

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