Megarreforma: Empresas alertan por posibles efectos en costos y judicialización por norma de reposición de servicios básicos

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Esta semana el Tribunal Constitucional (TC) rechazó el requerimiento del Gobierno respecto a la reposición de servicios básicos, en el marco de la megarreforma.

El pleno rechazó el artículo 31 del proyecto de reconstrucción nacional, relacionado con la reposición de servicios básicos ante situaciones de catástrofe.

El Ejecutivo buscaba impugnar el artículo incorporado por la oposición, que obliga a las empresas de servicios básicos a reconectar gratuitamente y en 48 horas a los clientes que vivan en zonas afectadas por catástrofes, incluyendo aquellos hogares cuyos servicios hayan sido suspendidos por falta de pago.

Desde La Moneda argumentaban que dicho artículo no tenía relación con las ideas matrices de la megarreforma.

Empresas advierten por aumento de costos tras decisión del TC

Bajo ese contexto es que las empresas de electricidad, de gas y sanitarias alertaron sobre los efectos que podría tener la norma.

“Más allá de este resultado, mantenemos nuestra preocupación por una norma que puede desviar recursos desde la reposición masiva del servicio y que establece plazos rígidos sin considerar las condiciones reales de seguridad durante una catástrofe. Esperamos que estos aspectos puedan ser revisados en los espacios que correspondan para evitar que la norma termine perjudicando a los propios usuarios”, señaló en un comunicado la asociación de Empresas Eléctricas AG.

Según señalan las compañías, la norma podría generar problemas en los plazos, la seguridad y los costos asociados. Esto, ya que se estableció la obligación de reconectar los servicios en zonas de catástrofe en un plazo de 48 horas y 24 horas en el caso del agua potable.

“Es normal que la ley establezca obligaciones para empresas concesionarias de servicio público porque son empresas privadas, pero están sometidas a un régimen de derecho público; el problema, al parecer, estriba en los plazos y el hecho de que la reconexión pese sobre las empresas aunque estuviera suspendido el servicio por impago“, explicó el profesor de la Universidad de Chile, Francisco Zúñiga.

Dicho argumento es respaldado por el abogado y exsuperintendente de Servicios Sanitarios, Juan Eduardo Saldivia, quien comentó que con la reposición se podría privilegiar a clientes, independientemente de si son morosos o no.

“Yo creo que la aplicación de la ley va a ser extraordinariamente compleja, si es que siquiera pudiera aplicarse. En general, las empresas no cortan los servicios cuando hay catástrofe; no lo hicieron en el año 2010 para el terremoto, no lo han hecho posteriormente. Entonces, aquí hay un desbalance entre lo que se desconoce de cómo operan las empresas y lo que se pretende hacer, y tendrá que corregirse por una nueva ley para que el fin, que parece loable, se pueda materializar en términos tales de que no provoque efectos negativos en el resto de la población”, dijo.

Con todo, los expertos estiman que si el artículo 31 queda tal y como está ahora, podría derivar en mayores costos debido al despliegue operativo que requiere la reposición del servicio en menos tiempo y también podría significar una mayor judicialización. 

La abogada constitucionalista Leslie Sánchez señaló que “va a existir una excesiva judicialización de casos, porque va a haber múltiples personas a las que no se les restituyan los servicios dentro del tiempo establecido en la ley, que, como lo decía, es muy breve, y tengan perjuicio a daños patrimoniales; la pérdida de los productos que tenían ahí probablemente los van a requerir judicialmente a través de una indemnización a esa misma empresa”.

A ello se suma que las empresas sanitarias apuntan al costo social que podría tener este artículo 31.

“En una situación de emergencia, esto implica destinar recursos operacionales y cuadrillas a casos individuales, que podrían ser necesarios para recuperar infraestructura y poner al servicio al mayor número posible de personas, incluidos hogares, hospitales y escuelas”, indicó en un comunicado la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios A.G. (Andess).

¿Cuáles serían las opciones?

Expertos han señalado que hay distintas vías que pueden seguir las empresas. Una de ellas es impulsar una ley corta. 

“El gobierno podría impulsar un proyecto de ley que modificase esta regla impuesta en el artículo 31. Y si no hubiera una modificación legal, las empresas podrían intentar juicios en contra del Estado por responsabilidad derivada de la actividad legislativa. Pero eso te somete a ti a la red de un juicio, el que puedes ganar o perder”, comentó el profesor Zúñiga.

“Ambos escenarios para las empresas son tremendamente complejos, porque el Tribunal ya se pronunció. Que el Ejecutivo esté disponible para una ley corta frente a la ciudadanía, señalando que no estaría presentando una posición más favorable hacia la empresarialidad que a los ciudadanos, me parece que también es una situación difícil de abordar”, planteó la abogada Leslie Sánchez.

De todos modos, hay que esperar a que el TC entregue los fundamentos de la sentencia.

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