Abogado requirente por Caso Allende: “La sola voluntad de firmar el contrato con el Estado basta para cesar al parlamentario”
Por Michel Nahas Miranda
11.04.2025 / 10:01
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En entrevista con CNN Chile Radio, Joaquín Palma, abogado que representó a Chile Vamos ante el Tribunal Constitucional, explicó los fundamentos del fallo que destituyó a Isabel Allende y descartó motivaciones políticas en la resolución.
En conversación con CNN Chile Radio, el abogado Joaquín Palma, requirente ante el Tribunal Constitucional (TC) en representación de Chile Vamos, defendió el fallo que destituyó a la senadora Isabel Allende (PS) por la fallida compraventa de la casa de su padre, el expresidente Salvador Allende, al Estado.
El jurista afirmó que el fallo no responde a motivaciones políticas y que se trata de una aplicación directa y objetiva del artículo 60 de la Constitución.
“La sola voluntad de concurrir a firmar un contrato con el Estado es suficiente para configurar la causal de cesación”, sostuvo Palma, al explicar que el tribunal interpretó la norma de manera restrictiva, en línea con su carácter excepcional, pero tajante.
Consultado por la defensa de Allende, que alegó que el contrato no se había perfeccionado debido a que faltaban trámites administrativos, el abogado respondió que el tribunal desestimó ese argumento, señalando que el contrato ya se consideraba celebrado y que los pasos pendientes no eran relevantes para establecer la infracción constitucional.
“El fallo no busca establecer otras responsabilidades colaterales ni apunta al gobierno, sino que se refiere exclusivamente a la responsabilidad constitucional personal y directa de la senadora Allende”, recalcó Palma, quien descartó que el Tribunal haya actuado fuera de su competencia al cesar a una autoridad electa democráticamente.
Respecto a las declaraciones de la senadora, quien en un comunicado calificó su destitución como una maniobra política, Palma fue enfático: “Esto no se trata de una vendetta política. El fallo está basado en la aplicación igualitaria de la Constitución. Hoy todos los ciudadanos, autoridades o no, somos iguales ante la Carta Fundamental”.
Finalmente, el abogado explicó que la norma aplicada podría afectar a otros parlamentarios si incurren en situaciones similares, aunque advirtió que cada caso debe ser evaluado según sus propios antecedentes.
También aclaró que los municipios o empresas estatales no se consideran parte del “fisco” para efectos de esta causal, salvo que se pruebe una intención de eludir la norma mediante fraudes como la creación de sociedades interpuestas.
“El mensaje del tribunal es claro: los parlamentarios deben respetar el deber de lealtad con la Constitución”, concluyó.