El día de ayer, la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) comunicó que los empleadores deberán suscribir nuevamente al pacto para extender los beneficios de los trabajadores.
Esto, tras el marco de la extensión de la vigencia de la Ley de Protección del Empleo hasta el 6 de marzo de 2021 en el caso de la suspensión de contrato.
Según la administradora, los trabajadores suspendidos por actos de autoridad pueden acceder a un total de 12 pagos del Seguro de Cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) y 7 en el caso de suspensión de mutuo acuerdo entre el empleador y trabajador.
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Sin embargo, para hacer efectivos estos beneficios, es necesario que el empleador suscriba una nueva suspensión laboral en pactos.afc.cl, siempre que no haya retomado sus funciones.
¿Cómo se calculan los pagos de este beneficio?
Según AFC, este se toma a partir del sexto giro y hasta el 12, el cálculo se realizará en base al 45% del promedio de las últimas remuneraciones del trabajador, con un monto superior de $419.757 y un valor inferior de $225.000.
¿Qué debo hacer como empleador?
La administradora recomendó para la nueva suscripción, revisar bien las fechas de inicio y término y considerar que en ese período el trabajador no debe estar postulando o estar recibiendo el subsidio de reincorporación al empleo (Sence) u otro subsidio de reintegro al empleo. AFC automáticamente suspenderá el beneficio de suspensión en el entendido que los trabajadores han sido reincorporados a las labores. No es posible obtener ambos beneficios en simultáneo.
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